Un despacho de abogados víctima de un swap Bankinter logra la nulidad del contrato

La Audiencia Provincial de Murcia condena a Bankinter por un swap colocado a un despacho de abogados y consultores. La sección cuarta de esta audiencia coincide con la sentencia dictada en primera instancia y entiende que su profesión no implicaba necesariamente un conocimiento de estos productos complejos, y que no se informó de los riesgos que suponía la operación. La firma recuperará los 400.000€ invertidos.

Nueva condena a Bankinter por un contrato de permuta financiera suscrito con una pyme murciana sin la suficiente información. En este caso llama la atención la naturaleza de la empresa: un despacho de abogados y consultores. La entidad financiera esgrimió este dato para alegar que debían haber conocido la naturaleza del producto por su formación, pero la justicia considera que no es suficiente para presuponer un conocimiento del riesgo que acarrean estos productos tóxicos. Además, recalca que se valieron de la buena relación de los empleados del banco con los de esta pyme a la hora de colocar el producto. Una vez más, la confianza fue esencial a la hora de suscribir el contrato.

Los demandados alegan una infracción del artículo 79 apartado 3º de la Ley del Mercado de Valores, que impone la obligación de informar a los clientes minoristas que contraten productos financieros complejos, de los riesgos exactos que suponen su operación. En el contrato figuraba una breve alusión al riesgo del mismo, pero no mencionaba la posibilidad de pérdidas, sino sólo de dejar de percibir ganancias. Este oscurantismo constituyó, a ojos del tribunal, una ocultación capaz de viciar el consentimiento del contratante, resultando así nulo de pleno derecho el mismo.

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia, quien ha conocido del caso, ha dictado sentencia confirmando el veredicto impuesto en primera instancia, que establece la nulidad del contrato y obliga a las partes a restituirse las cantidades invertidas. Así, la pyme recuperará sus 400.000 € invertidos, y ambos se deberán restituir las cantidades liquidadas. Además, se condena en costas a la entidad financiera.

[divider /]

Dirección Letrada: Sr. Martínez Ripoll 
Banco: Bankinter 
Producto: Swap 
Perfil: PYME
PDF 1ª instancia: S_120702_BANKINTER_JPI4_MURCIA_PYME_SIN.pdf

PDF AP
: S_140306_BANKINTER_AP4_MURCIA_CONFIRMA_120702_JPI4_MURCIA_PYME_SIN.pdf

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Recibe en tu e-mail todas las semanas las últimas noticias sobre gastos de hipoteca, revolving, cláusulas abusivas, estafas…
¡Y mucho más!
PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.