PREFERENTES: Triple victoria judicial contra Bankia en Valencia

El letrado Gonzalo Lucas consigue tres nuevas sentencias favorables a los afectados por casos de preferentes y deuda subordinada. En total, Bankia deberá abonar 68.000 euros que retenía indebidamente.

La justicia de Valencia ha puesto fin al sufrimiento de tres familias afectadas por la colocación de derivados financieros de Bankia. Dos casos de obligaciones subordinadas y uno de preferentes, que se saldan con una resolución judicial obligando a la entidad a devolver sus ahorros a los afectados. En todas ellas se ha admitido la existencia de un vicio en el consentimiento en el momento de la colocación de los productos, por la falta de información prestada desde el banco.

El primer caso afectaba a un vecino de Valencia que compró deuda subordinada por un valor de 30.000 euros. Era cliente de la entidad desde hacía muchos años y conocía a los trabajadores de su sucursal. El propio empleado que le vendió las subordinadas reconoció en el juicio que el afectado no conocía el sector financiero y que siempre preguntaba por plazos fijos. Y que, además, desde el banco le aseguraron que la inversión quedaba garantizada por Bancaja y que por tanto no existía riesgo.

La segunda sentencia resuelve el caso de una afectada que compró preferentes por un valor de 18.000 euros. La compra se produjo en 2012 y, al igual que en el caso anterior, la intervención de los empleados de la entidad fue esencial para la compra. Tanto es así que la afectada ni siquiera conocía la existencia de este producto hasta que se lo ofrecieron. Evidentemente, no le comentaron la posibilidad de pérdida patrimonial o su carácter perpetuo.

Finalmente, la última sentencia es de nuevo sobre subordinadas. Los afectados son un matrimonio con hijos que colocaron 20.000 euros de sus ahorros en este producto pensando que era algo similar a un plazo fijo. Cuando empezaron los problemas de liquidez se vieron obligados a hipotecarse con el mismo banco para hacer frente a unos gastos imprevistos por la imposibilidad de sacar su dinero.

En todos los casos la defensa letrada de la entidad ha intentado inútilmente hacer valer la caducidad de la acción de nulidad, pero ya es unánime la inadmisión de estos intentos. Los tres casos resolvían sobre si se había informado de forma correcta o no para dilucidar sobre la validez de los contratos, y la justicia ha entendido en los tres que son nulos de pleno derecho. Por tanto, los afectados podrán al fin recuperar sus ahorros, además de que Bankia deberá correr con los gastos del proceso.


Banco: Bankia
Producto: Deuda subordinada y participaciones preferentes
Perfil: Particular
Dirección letrada: D. Gonzalo Lucas

PDF 1: S_140715_BANKIA_JPI2_VALENCIA_OBS_PARTICULAR_SIN.pdf
PDF 2: S_140728_BANKIA_JPI20_VALENCIA_PREFERENTES_PARTICULAR_SIN.pdf
PDF 3: S_140728_BANKIA_JPI21_VALENCIA_OBS_PARTICULAR_SIN.pdf

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