El abogado asturiano Marcelino Tamargo nos envía 3 sentencias más que condenan a Bankinter por sus Clips.

El Juzgado de Primera Instancia número uno de Manacor ha declarado la nulidad de un contrato swap adquirido con Bankinter por parte de un particular.

El afectado, con estudios básicos, contrató el producto porque la empleada de la sucursal le aseguro que era “fantástico”. Debido a los años de relación se fio del consejo de la empleada, firmando el contrato sin leerlo. Bankinter debió informar de los riesgos y funcionamiento del producto, tal y como exige la Ley del Mercado de Valores.

En total, el banco deberá reembolsar unos 17.000 euros producto de liquidaciones negativas y la cancelación anticipada.

El Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid ha estimado también la nulidad por falta de información y desigualdad entre las partes durante la firma de un contrato swap.

Los afectados, un matrimonio, suscribieron el contrato de “gestión de riesgos financieros”, denominado Clip Bankinter, por un valor nominal de 1.500.000 de euros. Llama la atención que el marido y administrador de los bienes, posee 16 empresas, entre ellas una SICAV, por lo que parece evidente que tiene experiencia en inversiones financieras.

Pese a ello, el demandante ha afirmado que no conocía las consecuencias del producto en caso de bajada de los tipos, algo que no ha sido rebatido por la entidad, no presentando el testimonio del empleado que comercializó el producto.

Aun así, el Juez piensa que el cliente tenía suficiente experiencia como para, empleando una diligencia media, percatarse de los riesgos que enunciaba el contrato.

El Juez considera desequilibrado el riesgo que asumía el demandante en comparación con el banco, y no ve justo que el banco tuviera una barrera para protegerse de la subida del Euribor y el cliente no, sobre todo teniendo en cuenta que el banco tiene estimaciones sobre la evolución del mercado.

El principal motivo de nulidad es el clausulado que afirmaba que el banco debería ofrecer un producto alternativo en caso de que la situación del mercado en la que se había pactado el swap cambiara drásticamente. Algo que no se hizo, limitándose Bankinter a cobrar liquidaciones.

Por último, la Audiencia Provincial número dos de Guipúzcoa ha confirmado la condena a Bankinter por la comercialización de un swap a una pyme local.

La empresa suscribió en su momento un Clip Bankinter que posteriormente renovó como Clip Actualizado Bankinter. Bankinter no ha podido demostrar que informara correctamente sobre los riesgos y funcionamiento del producto.


Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez.
Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF: S_130114_BANKINTER_JPI1_MANACOR_particular_SIN.pdf

 


Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez.
Perito: Cristóbal Verdú Nido.

Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF:S_121016_BANKINTER_JPI36_MADRID_particular_SIN.pdf


Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez.
Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF:S_121023_BANKINTER_AP2_GIPUZKOA_confirma_120514_JPI4_BERGARA_pyme_SIN.pdf

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