Swap : El TS condena a IBERCAJA por cumplimentar un cuestionario a una empresa

FUENTE: www.expansion.com

[column size=one_half position=first ]»El Tribunal Supremo ha anulado dos contratos SWAP y ha condenado a IBERCAJA a restituir al cliente las cantidades que le había cobrado por cumplimentar el folleto de conveniencia que debía rellenar el cliente y, por tanto, incumplir su deber de información[/column]
[column size=one_half position=last ]»Tras dos sentencias desestimatorias en la Audiencia Provincial nº 2 de Zaragoza y en el Juzgado de primera instancia nº 20 de Zaragoza, la mercantil ha conseguido que el Tribunal Supremo estime su recurso de casación y le dé la razón[/column]

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado dos contratos swap que Ibercaja tenía suscritos por un valor de 1.000.000€ y condena a la entidad a restituir al cliente las cantidades que le había cobrado por considerar que no cumplió con los deberes de información, máxime cuando a la hora de contratar el producto, el banco cumplimentó el folleto de conveniencia que debía rellenar el cliente.

Se trata de una pequeña empresa dedicada a la construcción que en 2008 solicitó financiación para el desarrollo de su actividad, y el banco le ofreció estos productos como un medio estándar para protegerse frente a las subidas de los tipos de interés.

Ante la tendencia bajista que mantuvieron los tipos de interés durante los años posteriores a la firma de los contratos, se vio obligado a soportar importantes cargos.

Después de que el Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Zaragoza, y la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Zaragoza dictaran sentencias favorables a la entidad bancaria, finalmente el TS ha estimado el recurso de casación interpuesto por el cliente y ha decretado la nulidad de los dos contratos swap.

El TS considera que Ibercaja aconsejó un producto inadecuado y no cumplió con los deberes de información que le venían impuestos por la normativa europea que resulta aplicable.

En concreto, el Alto Tribunal considera que el cliente debe poder confiar en la entidad financiera que le asesora y en que no está omitiendo información sobre ninguna cuestión relevante. Sin embargo, en este caso el banco únicamente se limitó a realizar un test de conveniencia, pero no el de idoneidad, y además, el test de conveniencia aparece «autocumplimentado» por la propia entidad.

En opinión de Roberto Sanz López , abogado de Rivero & Gustafson Abogados, el Supremo «penaliza al banco por su falta de rigor».

El fallo del alto tribunal desestima el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por la compañía mercantil, pero estima su recurso de casación por lo que declara la nulidad de los contratos marco de operaciones financieras y confirmación de contrato IRS estándar (SWAP) y ordena la restitución de las prestaciones imponiendo a IBERCAJA las costas de primera instancia.

Ordenan así la devolución de los depósitos constituidos para los recursos estimados, así como la pérdida del constituido para el recurso extraordinario de infracción procesal. Por su parte, el afectado deberá pagar las costas causadas por el recurso extraordinario por infracción procesal.


Dirección Letrada: Sebastían Rivero Galán, Roberto Sanz López
Banco: IBERCAJA BANCO S.A.U.
Producto: SWAP
Perfil: Pyme
Pdf: S_160212_IBERCAJA_TS1_SALACIVIL_MADRID_REVOCA_121113_AP2_ZARAGOZA_CONFIRMA_120209_JPI20_ZARAGOZA_SWAP_PYME_SIN

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