De nuevo, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha declarado nula la cláusula suelo de una asociado de ASUFIN por tener carácter de cláusula abusiva, condenando a Bankia, a abonarle las cantidades pagadas de más desde la formalización del contrato, con sus intereses.
Desde que el Tribunal Supremo declarara nula la cláusula suelo y el TJUE, en sentencia del 21 de diciembre de 2016 fallara que los consumidores tenían derecho a recuperar el dinero pagado de más desde la formalización del contrato y no desde el pronunciamiento de la resolución judicial, los jueces se posicionan con el consumidor.
Es el caso de un asociado de ASUFIN que firmó su hipoteca con Bankia en 2010 con una cláusula suelo, la firma no fue precedida de una negociación individual, por lo que se trata de una condición general de la contratación. El abogado colaborador, Rajesh Chellaran, solicitó la acción de nulidad porque la cláusula no supera el control de transparencia y Bankia se opuso argumentando que la redacción era clara y que el afectado había sido empleado de la entidad, por lo que conocía el producto.
Las cláusulas no pueden estar enmascaradas entre informaciones abrumadoras que confunden al consumidor
La sentencia estima que la cláusula suelo es una cláusula pre-redactada y que cuando las condiciones generales estén incluidas en contratos con consumidores es necesario superen el control de transparencia. Tras citar varias Directivas y sentencias del Tribunal Supremo, recuerda que es preciso que la información suministrada permita al consumidor percibir que se trata de una cláusula que puede incidir en el contenido de su obligación de pago
«No pueden estar enmascaradas entre informaciones abrumadoramente exhaustivas que, en definitiva, dificultan su identificación y proyectan sombras sobre lo que considerado aisladamente sería claro». La juez destaca la ausencia de pruebas que pudiera haber permitido al asociado de ASUFIN conocer la carga económica y la jurídica. Bankia dijo haber hecho una oferta vinculante, que no consta en autos.
Bankia es condenada a abonar lo cobrado de más desde el mismo día que el asociado de ASUFIN firmó su hipoteca
«Esa ausencia de información bastante y adecuada no puede entenderse convalidada por el mero hecho de la intervención notarial». Por tanto, no puede reputarse probado que el asociado tuviera una comprensión real de las consecuencias económicas y jurídicas de la existencia de esa cláusula. Aplicado el control de transparencia, la juez declara la «cláusula suelo» nula por este motivo, al considerar que tiene carácter de cláusula abusiva.
Condena a Bankia a abonar al asociado de ASUFIN «las cantidades abonadas en exceso en virtud de dicha cláusula desde la formalización del contrato más los correspondientes intereses desde el respectivo pago indebido»
Felicitamos a nuestro asociado y al abogado colaborador Rajesh Suresh Chellaram por este éxito. En este tipo de procedimientos es importante contar con letrados solventes y comprometidos con la situación personal de los afectados, como los que colaboran con ASUFIN.
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info@asufin.com
Dirección Letrada: Rajesh Suresh Chellaram
Banco: Bankia
Producto: Suelo
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF: Sentencia favorable del JPI6 de Las Palmas de Gran Canaria