Nueva victoria frente a las hipotecas abusivas de UCI: el cliente podría recuperar hasta 43.000 euros

El confuso sistema de amortización que contiene estas hipotecas genera intereses adicionales sobre la deuda

Paso adelante en la lucha contra las hipotecas que firmó con miles de clientes la Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI). Una nueva sentencia se suma a la opinión mayoritaria de multitud de tribunales y hasta 25 audiencias provinciales que ya han decretado la evidente abusividad de estas hipotecas.

Estas hipotecas, aún vigentes en el mercado, mantienen un sistema de amortización de la deuda muy confuso, contenido en una cláusula que ya se considera abusiva por buena parte de los tribunales, alejado del convencional “francés”, que tienen la práctica totalidad de los hipotecados. Este sistema genera anatocismo, es decir, pago de intereses sobre cantidades que ya contienen intereses y capital.

Esto se traduce en que “el cliente no sabe realmente qué porcentaje de su cuota va destinado a amortizar capital y cuál va a los intereses”, según afirma el juez de esta sentencia del 101bis de Madrid, que puede ser recurrida, y cuyo procedimiento ha defendido el abogado colaborador de ASUFIN, Fernando Gavín.

Aunque tu préstamo esté cancelado, ¡estás a tiempo de reclamar!

Al juez le “resulta evidente que el contenido de esta cláusula no supera el control de incorporación, porque su redacción resulta compleja y confusa” y remacha que “no es hasta la cuarta fracción cuando los clientes comienzan a amortizar capital, es decir, 6 años después de la suscripción del préstamo”.

La consecuencia práctica de declarar nula por abusiva la cláusula de amortización es que el banco deberá recalcular y rehacer los cuadros de amortización, excluyendo el sistema establecido por UCI y aplicando el método francés desde el inicio, contabilizando el capital efectivamente amortizado conforme a ese sistema. En este escenario, y tal y como señala el informe pericial aportado en el procedimiento, una de las alternativas que se abre para el afectado es que podría recuperar la totalidad del perjuicio sufrido, por importe de 43.591,55 euros.

Adicionalmente, la sentencia declara la nulidad de la cláusula de interés de demora, la de comisión por certificado de saldo, la de resolución anticipada y la de gastos.

Descarga aquí la nueva sentencia que rema a favor de los consumidores en hipotecas UCI

Producto: Hipotecas UCI

Instancia: JPI 101 de Madrid 

Dirección Letrada: Fernando Gavín

Fecha: 15/10/2025

Entidad: UCI

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Todas las semanas en tu e-mail

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Todas las semanas en tu e-mail

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.