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PLUSVALÍA: La sentencia del TC pretende salvar a los ayuntamientos a costa del derecho de los afectados a reclamar

La no retroactividad que incorpora supone una vulneración de la tutela judicial efectiva consagrada por Europa, completamente fragante, y que sin duda requiere una aclaración por parte del TC

Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, dice que esta sentencia provoca “sorpresa, indignación y frustración” entre los ciudadanos que ven que “nuestros tribunales cometen el mismo error»

Sorpresa, indignación y frustración”, así nos sentimos en ASUFIN, en palabras de Patricia Suárez, su presidenta, al comprobar “que nuestros tribunales comenten una y otra vez el mismo error: ya tuvimos una sentencia de cláusulas suelo fallada por el Tribunal Supremo que, en aras de preservar la estabilidad económica, introdujo una inadmisible no retroactividad”. “Tuvieron que venir desde Europa a decirnos todo lo contrario”, añade Suárez, a propósito de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre plusvalía, conocida hoy.

Una vez más, y en este caso, protegiendo las arcas municipales, eso sí, a costa del legítimo derecho del contribuyente a su justa reparación, el Constitucional dicta una sentencia inadmisible. Por una parte, deja claro que no se pueden reclamar las resoluciones en los tribunales que hayan sido firmes, cuestión que no rebatimos, porque es cosa juzgada. Pero lo extiende de manera injustificada a resoluciones administrativas considerándolas consolidadas, liquidaciones, provisionales o definitivas, que no hayan sido impugnadas a la fecha de la sentencia y a autoliquidaciones, cuya rectificación no haya sido solicitada a la fecha.

El objetivo es claro: evitar la avalancha de reclamaciones justas de personas que han pagado una plusvalía siguiendo una metodología de cálculo errónea que no sabían que era reclamable y que ahora el Tribunal Constitucional pretende cerrarles todas las puertas. “Es inadmisible y lucharemos y pelearemos donde haya que hacerlo. Un administrado que no conoce sus posibilidades de reclamación no se le puede vetarle ese derecho a posteriori en aras a salvar un sistema económico”, sentencia Suárez.

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6 comentarios

  1. VICTOR OLCINA PLENACOSTA dice:

    Hola, quisiera saber si tengo derecho a pedir la devolución del pago de la PLUSVALIA de dos casas que vendí el año 2015 y que liquidé o pagué al ayuntamiento el importe que éste me exigió.

    1. Buenas tardes Víctor, puede escribirnos en info@asufin.com para que estudiemos su caso y veamos si es viable la reclamación.
      Muchas gracias por confiar en nosotros, un saludo y que pase un buen día.

  2. Buenas tardes, en el año 2019 vendí mi casa , si que es cierto que fue superior a la compra y por ello tuve que pagar 5.000€ , el terreno donde está edificada catastro me adjudicaba una cantidad , que en el momento de la liquidación ante el ajuntamiento, hice un escrito que no estaba conforme, ya que es una urbanización sin servicios de alcantarillado de asfalto y alumbrado y los terrenos se están casi regalando, si me podría indicar si tengo alguna posibilidad de reclamar de nuevo
    Gracias

    1. Buenas tardes Juan, se trata de una situación muy concreta, que tendríamos que estudiar más a fondo escríbenos un mensaje a info@asufin.com explicándonos tu caso y adjuntando todos los documentos que tengas incluido el escrito y le informaremos de si es posible volver a reclamar.
      Muchas gracias y un saludo.

  3. Santiago de la Rica Amezaga dice:

    Tenéis previsto recurrir a Europa la no retroactividad establecida en la sentencia del TS sobre la anulación de la forma de calculo de la base imponible del Impuesto sobre la plusvalía?

    1. Buenas tardes Santiago, muchas gracias por tu pregunta. Estudiamos la posibilidad. Mientras tanto, seguimos luchando, como siempre, por los derechos de los consumidores.
      Feliz año y que pases un buen día.

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