El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de El Prat de Llobregat ha condenado a Banco Popular por un swap comercializado a una pyme sin facilitar la información necesaria previa a la contratación. Por ello, la Juez ha estimado la nulidad del contrato por existencia de error y vicio en el consentimiento.
La empresa contrató la permuta financiera de tipos de interés junto con un préstamo de 54.000 euros. El producto fue ofertado como un seguro gratuito. El director de la sucursal se lo presentó como una mera formalidad que les serviría para mantener un importe fijo en las cuotas de la hipoteca.
Además, creyendo que era para cubrir el IVA o algún impuesto del anterior préstamo, la empresa les hizo contratar ese día otro préstamo de 7.000 euros con el objetivo de cubrirse en el caso de que el swap ejerciera liquidaciones negativas, tal y como afirman en la sucursal para alegar que el cliente conocía el funcionamiento del producto. La Juez no ha podido declarar nulo esta contratación ya que no se ha podido probar si el verdadero motivo de su suscripción fue tal.
Lo cierto es que el IRS fue comercializado sin entregar ningún folleto informativo ni realizar un simulacro de actuación del producto en los diversos escenarios. Tampoco se habló del coste de cancelación y el método para calcularlo.
Para esto, la entidad se escuda en que se realizó un test de conveniencia por teléfono en el cual el cliente fue clasificado como conocer de productos financieros complejos. Algo que contrasta con los estudios del afectado BUP y COU- y su nula experiencia con otros productos similares.
Dirección Letrada: Oscar Serrano Castells
Banco: Banco Popular
Producto: Swap
Perfil: Pyme
PDF: S_130103_BPOPULAR_JPIEI4_ELPRAT_PYME_SIN.pdf