SUELO: Nueva sentencia declarando la retroactividad de los intereses en un caso de suelo hipotecario

Cada vez son más. Una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia se atreve a declarar la nulidad de un suelo con todas sus consecuencias legales, y admite la devolución de los intereses cobrados indebidamente. Los afectados recuperarán los algo más de 3.600 euros que aún les debía la entidad.

Cada sentencia que se va sumando es una buena noticia, y da cuenta de que empieza a crearse una tendencia en los jueces a atreverse con la retroactividad de los suelos hipotecarios. Ese dichoso invento de los bancos, a menudo oculto al final de la cláusula tercera bis de los contratos de préstamo, que ha traído de cabeza a miles de ciudadanos hipotecados en nuestro país.

Hasta ahora habían encontrado solución en la justicia, pero demasiado a menudo ésta se quedaba a medias: la nulidad de los suelos es ya una realidad, tras una sentencia del Supremo que fallaba en este sentido en un caso colectivo que afectaba a tres entidades y aglutinaba a miles de afectados. Pero al mismo tiempo, la sentencia no se atrevía a ir más allá, al concluir que la devolución de los intereses podría acarrear un riesgo económico para los bancos. Y por tanto, se convertía en un arma de doble filo.

Sin embargo, la continua alusión a esta sentencia que hacían los abogados de los bancos para no devolver las cantidades empieza a no servirles. Cada vez son más los jueces que diferencian entre un caso colectivo y los distintos casos que les van llegando por vía individual. El argumento cobarde del equilibrio económico que esgrime el Supremo cuando no se atreve con la nulidad completa de los suelos no vale para los casos de todos los pequeños ahorradores que se dirigen a la justicia de forma individual para pedir que les devuelvan simplemente lo que por ley les corresponde. Esta sentencia es un ejemplo más de esta nueva tendencia.

Los afectados ya recibieron una estimación parcial de su demanda en primera instancia, pero sin devolución de los intereses. La sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia declaraba la nulidad del suelo de su hipoteca, pero se quedaba corta y los demandantes decidieron ir más allá. En recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia pedían una revisión de la sentencia en lo tocante a los intereses. Y así lo ha hecho la sala novena de este tribunal, con un resultado favorable a los afectados: se declara la estimación íntegra del recurso y se condena a la entidad a devolver todos los intereses. La suma asciende a 3.609 euros, fruto de la aplicación de un tipo de interés bastante superior de lo que les debería haber correspondido. Además, la entidad deberá pagar los costes judiciales.


Banco: Cajamar
Producto: Cláusula suelo (retroactividad)
Perfil: Particular
Dirección letrada: María Dolores Arlandis Almenar

PDF: S_140616_CAJAMAR_AP9_VALENCIA_MATIZA_131114_JM2_VALENCIA_SUELO_RETROACTIVA_SIN.pdf

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