COMISIÓN DEVOLUCIÓN: Nueva sentencia contra las comisiones por devolución

Abrimos una nueva sección para combatir el cobro de comisiones bancarias abusivas. En esta ocasión publicamos la reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia nr. 1_de Priego de Córdoba que condena al Banco Andalucía (Grupo Popular) a devolver 11.162 Euros a una pequeña empresa dedicada a las instalaciones eléctricas.

Cada vez que una empresa o un individuo efectúa un ingreso en un banco o una caja de ahorros a través de un cheque u otra orden de pago debe abonar una comisión a la entidad financiera, por la gestión del cobro. Si, además, ese cheque no tiene fondos o no es satisfecho por el deudor, tendrá que abonar una segunda comisión, por devolución de efectos, para recuperar el cheque o la letra. Esta «comisión de devolución» ha sido declarada ilegal en numerosas ocasiones.

Desde Córdoba, el letrado Javier de la Torre Aguilar nos remite esta última sentencia ganada en Priego de Córdoba gracias a la cual una pequeña empresa recuperará más de 11.000 Euros cobrados como «comisión de devolución».  Son numerosos juzgados de primera instancia y audiencias provinciales han condenado a entidades financieras a reintegrar a las empresas las comisiones de devolución de efectos, cobradas por las entidades desde quince años para atrás. Los fallos señalan que estas comisiones no obedecen a la prestación de un servicio concreto, puesto que la devolución debe considerarse incluida en la gestión de cobro.

Este es el criterio mayoritario que recogen las audiencias provinciales de Córdoba, Madrid, Málaga, Zamora, Salamanca y Lugo.

La comisión de devolución de efectos es un cargo que impone el banco en la cuenta de quien le ha cedido un documento que incorpora una orden de pago (letra, cheque, pagaré o recibo), y que no ha sido satisfecho. Así, un empresario, tras vender algo o prestar unos servicios recibe una letra como medio de pago. Entregado el documento al banco para su cobro, resulta impagado por el deudor. En este caso no sólo no se cobra el importe impagado sino que, además, el banco impone una comisión de devolución en la cuenta de su cliente, que se sitúa en el 4% de media.

Además de esta sentencia, el despacho de Javier de la Torre Aguilar nos remite 5 sentencias más a modo de ejemplo, pues este letrado lleva ganados más de trescientos casos en la reclamación de estas comisiones, tanto en Córdoba como en Madrid, Jaén y Málaga.

Desde Asuapedefin recordamos a los letrados que estamos publicando sentencias que condenen a las entidades por todo tipo de abusos bancarios, sólo así podremos informar y combatir las malas prácticas bancarias.


OTRAS SENTENCIAS:

? S_060510_CAJAGRANADA_AP1_JAEN_CONFIRMA_051216_JPI1_JAEN_PYME_COMISION_DEVOLUCION_SIN.pdf
? S_100315_BANESTO_AP3_CORDOBA_REVOCA_091121_JPI1_MONTORO_PYME_COMISION_DEVOLUCION_SIN.pdf
? S_110512_BANESTO_AP1_CORDOBA_CONFIRMA_110114_JPI1_CORDOBA_PYME_COMISION_DEVOLUCION_SIN.pdf
? S_110914_CAJABADAJOZ_AP1_CORDOBA_CONFIRMA_101227_JPI6_CORDOBA_PYME_COMISION_DEVOLUCION_SIN.pdf
? S_110930_BPOPULAR_AP3_CORDOBA_CONFIRMA_110324_JPI2_LUCENA_PYME_SIN.pdf
? S_120123_BANDALUCIA_JPI1_PRIEGO_DE_CORDOBA_PYME_COMISION_DEVOLUCION_SIN.pdf

 

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3 comentarios

  1. Eso de que las comisiones por devolución son ilegales, es aplicable a prestamos? porque verás, estoy un poco confusa y buscaba info engoogle hasta que llegue aqui, te comento, hemos comprado un articulo, pongamosle un televisor, y por demorar en el pago de una de las mensualidades nos han cobrado 34 euros por eso de comision de devolución, osea pago tanto de devolución como por el articulo y por eso me ha llamado la atencion, yo creo que esto no puede ser posible pero, entre tanto ya lo he pagado, claro que siempre se puede reclamar. a ver si me iluminas un poquito. gracias de antemano

    1. Te recomiendo que te pongas en contacto con De La Torre Asociados, son especialistas en comisiones de devolución. –>

  2. La Caixa ó Caixabank cobra por la devolución de un recibo al cobro y devuelto un 17,16 % es un escandalo

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