La sentencia recalca que se trata de un producto de elevado riesgo, que se colocó sin la información necesaria. Ninguno de los miembros del matrimonio tenía conocimientos financieros, a pesar de trabajar el marido en una empresa de seguros. Por ello, admite la demanda del matrimonio y declara nulo el contrato por vicio del consentimiento.
El Juzgado de Primera instancia número 97 de Madrid ha admitido la demanda sobre la nulidad del contrato de adquisición de preferentes por un matrimonio en el año 2009. Este matrimonio era cliente de Bankia desde hacía 25 años, y se dejaron asesorar por un empleado de la sucursal a la que siempre acudían. De esta forma, les convenció de la adquisición de participaciones preferentes, producto «de gran complejidad», como recalca la sentencia. El matrimonio invirtió en este producto todos sus ahorros: 140.000 procedentes de la indemnización por despido improcedente del marido. Ahora la justicia considera la nulidad del contrato por error en el consentimiento, y condena a la demandada a la restitución de la cantidad invertida.
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Dirección letrada: Higinio A. García Pi
Banco: Bankia
Producto: Participaciones Preferentes
Perfil: Particular
PDF 1ª: S_131125_BANKIA_JPI97_MADRID_PREFERENTES_PARTICULAR_SIN.pdf