La Audiencia Provincial 28 de Madrid confirma la sentencia de JPI 81 que declara la nulidad en las cláusulas relativas a la opción multidivisa
ASUFIN presentó una demanda contra Bankinter en nombre de dos de sus asociados, donde ejercitó una acción de nulidad de la cláusula multidivisa del préstamo con garantía hipotecaria suscrito entre las partes. Por tratarse de un préstamo que viola de la Ley del Mercado de Valores, por error en el consentimiento y por ser una condición general de la contratación que no reúne el requisito de transparencia por falta de información.
El Juzgado de 1ª Instancia nº 81 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 26/10/2018, donde estima la demanda presentada por ASUFIN, y declara la nulidad parcial del préstamo suscrito por las partes en fecha 5/04/2016 en todos los contenidos relativos a la opción multidivisa.
Además declara que la cantidad adeudada por los demandantes es el resultado de disminuir al importe prestado (231.400 €) a la cantidad amortizada todo ello en euros. Se debe utilizar como tipo de interés anual resultante de adicionar al tipo EURIBOR un diferencial de 0,45 puntos.
BANKINTER, formula recurso de apelación alegando, que la entidad bancaria cumplió escrupulosamente con las obligaciones legales que eran exigibles, proporcionando la información adecuada, y presenta como prueba la testifical del empleado de la entidad bancaria, el documento de solicitud de financiación y el documento de primera disposición.
Sin embargo, tanto el juez de primera instancia como el de esta audiencia coinciden en que no hay prueba de la información al consumidor sobre los riesgos del contrato. No hay prueba de
que se informara de los riesgos derivados del tipo de cambio y de la incidencia, no hay acreditación alguna de negociación individual en cuanto al modo en que operaba el elemento «divisa extranjera». Por lo tanto llega a la conclusión final de que este contrato no consigue pasar el doble control de transparencia y abusividad.
Por todo ello este tribunal falla en favor del afectado, desestima el recurso de apelación y confirma íntegramente la sentencia dictada por el tribunal de primera instancia, además hace una expresa imposición en costas a la parte apelante, es decir la entidad.
Producto: Hipoteca Multidivisa
Abogado: Mª José Lunas Díaz
Juzgado: Audiencia Provincial 28, Madrid
Entidad: Bankinter
Fecha: 08.10.2020
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