Meta incumple la normativa europea en su política de consentimiento para recibir anuncios

El nuevo modelo lanzado en enero no ofrece la posibilidad de dar un consentimiento libre, informado e inequívoco para recibir anuncios personalizados

Un nuevo análisis de la Organización Europea del Consumidores (BEUC) concluye que el último modelo de Meta «Consiente o paga» para que las personas usuarias puedan elegir entre pagar por una experiencia sin anuncios, u obtener su consentimiento para mostrar anuncios personalizados o menos personalizados, sigue infringiendo la Ley de Mercados Digitales (DMA) de la UE, el RGPD y la Directiva sobre Prácticas Comerciales Desleales (UCPD).

El nuevo modelo lanzado en enero de 2026 sigue sin ofrecer a las personas consumidoras la posibilidad de dar un consentimiento libre, específico, informado e inequívoco para recibir o no anuncios personalizados, lo que sigue siendo un problema crucial dado la inmensa cantidad de datos personales que recoge Meta de sus usuarios. Además, la forma en que Meta ha diseñado la presentación de estas opciones y el uso de un lenguaje no neutral orienta a los usuarios a aceptar la opción de anuncios totalmente personalizados. Estas deficiencias de su modelo «Consiente o paga» no cumplen los requisitos del DMA, el RGPD ni el UCPD. 

La Federación de Consumidores y Usuarios CECU y la Asociación de Usuarios Financieros, ASUFIN se unen al llamamiento de BEUC para pedir a la Comisión Europea y a las autoridades competentes que garanticen que Meta cumpla rápidamente con la legislación de la UE. Además, la Comisión Europea debería, cuando sea apropiado, debería imponer multas periódicas con el objetivo de que Meta ponga fin a estas prácticas.

Agustín Reyna, director general de BEUC, declara que “el último modelo de Meta «Consiente o paga» para que las personas usuarias puedan elegir entre pagar por una experiencia sin anuncios, u obtener su consentimiento para mostrar anuncios personalizados o menos personalizados, sigue infringiendo la Ley de Mercados Digitales (DMA) de la UE, el RGPD y la Directiva sobre Prácticas Comerciales Desleales (UCPD)”.

David Sánchez, director de CECU, afirma, por su parte que “que la posición de poder de Meta le está permitiendo no cumplir la normativa europea, desde 2023, sin que esto le traiga mayores consecuencias. El legítimo interés de una empresa no puede pasar por encima de la normativa y de los derechos de sus usuarias. Las autoridades deben sancionar a quién, con subterfugios, pretende saltársela. Pedimos a Meta que sea claro y transparente con sus usuarias y que cumpla la normativa, de lo contrario, instamos a las autoridades a que sean firmes en la aplicación de las normas”. 

Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, considera que: “la presente demanda contra Meta responde a una práctica reiterada y preocupante de publicidad poco transparente que perjudica directamente a los consumidores. Esta opacidad, unida a la falta de información comprensible sobre los criterios de segmentación, coloca a los consumidores en una posición de clara desventaja, vulnerando su derecho a una información veraz y a tomar decisiones libres y conscientes. No se trata solo de un incumplimiento de políticas internas, sino de una conducta que erosiona la confianza en el entorno digital y que exige una respuesta firme en defensa de los derechos de los usuarios”. 

Antecedentes 

Meta comenzó a implementar cambios en los servicios que presta en la UE en noviembre de 2023, donde se exigía a los usuarios de Facebook e Instagram que consintieran el tratamiento de sus datos con fines publicitarios por parte de la empresa, o que pagaran para no recibir anuncios. Sin embargo, el enfoque de Meta fue declarado ilegal por la Comisión Europea en abril de 2025 bajo la DMA.  

La Comisión concluyó que el modelo binario no ofrecía a los usuarios la opción específica para optar por un servicio equivalente pero que utilizara menos datos personales. El modelo de Meta tampoco permitía a los usuarios ejercer libremente su derecho a consentir o no el tratamiento de los datos personales. BEUC presentó previamente evidencias ante la Comisión Europea sobre le posible incumplimiento de Meta con la DMA.

BEUC también presentó quejas contra Meta ante la red de Cooperación para la Protección del Consumidor (CPC) por incumplimiento de la legislación sobre el consumidor, y presentó por separado quejas ante las autoridades de protección de datos sobre las prácticas de procesamiento de datos de Meta, que sospechamos que violan el RGPD.

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