Más condenas a Liberbank en Asturias por sus obligaciones subordinadas

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Oviedo ha condenado a Liberbank por la comercialización de deuda subordinada sin informar correctamente de los riesgos del producto a su cliente. La entidad deberá devolver los 7.000 euros invertidos más los intereses por llevar al demandante a suscribir las obligaciones bajo error y vicio en el consentimiento. Por otro lado, el cliente deberá devolver los beneficios obtenidos por el producto.

El cliente firmó  el contrato sin recibir la adecuada información sobre el producto que estaba contratando. Aunque la directora de la sucursal ha afirmado que explicó tanto lo positivo como lo negativo del producto, el juzgado no ha podido estar de acuerdo, ya que si se observa el resumen de la nota de valores contratada, contiene una información que ininteligible para un cliente no profesional.

Además, la directora ha firmado que explicó el producto en febrero de 2009 (fecha de suscripción de contrato de la cuenta de valores), pero tanto la información que se refiere a la directiva MIFID, el resumen de la nota de valores y el test de conveniencia están fechados el mismo día, el 9 de junio de 2009. Esto no invita a pensar en la exhaustividad informativa que declara la testigo.

Asimismo, no queda acreditado que se entregara documento alguno que garantice que hubo una debida comunicación durante el desarrollo del contrato en relación a las variaciones sufridas en cuanto a la calificación de la emisión o del emisor, oscilaciones que obviamente tenían una indudable repercusión a la hora de acudir al mercado secundario para vender las obligaciones.

Por último, en lo que respecta al test de conveniencia, no cumplía con la personalización exigida para evaluar el perfil personal del inversor. El test contenía preguntas predeterminadas, que pese a negar que tuviera experiencia con este tipo de productos financieros complejos, lo acreditaban como apto. Lo que hace pensar que el test se realizó como un mero formalismo.

Y en Avilés, un matrimonio y su hijo con su esposa han logrado la nulidad de las obligaciones subordinadas adquiridas con Liberbank y el posterior canje por acciones que tuvieron que hacer por no poder garantizar la entidad los intereses pactados y la devolución del capital.

El Juzgado de Primera Instancia número 7 ha estimado la nulidad por error y vicio en el consentimiento, ya que el banco no les avisó de las diferencias que tenía la deuda subordinada con un plazo fijo.

Además, se considera que, dado que el contrato no especificaba que la entidad pudiera, a fecha de amortización final o anticipada, no devolver parte del capital invertido, y que este no cumplió con los objetivos por los que se suscribió, se debe reembolsar unos 20.000 euros al matrimonio y otros 7.000 a su hijo por no haber cumplido con la diligencia informativa y transparencia exigida a las entidades a la hora de comercializar productos financieros complejos.


Dirección Letrada: José Antonio Ballesteros Garrido.
Banco: Liberbank.
Producto: Deuda Subordinada.
Perfil: Particular.
PDF:S_140131_LIBERBANK_JPI5_OVIEDO_SUBORDINADAS_PART_SIN.pdf


Dirección Letrada: José Antonio Ballesteros Garrido.
Banco: Liberbank.
Producto: Deuda Subordinada.
Perfil: Particular.
PDF:S_140204_LIBERBANK_JPI7_AVILES_SUBORDINADAS_PART_SIN.pdf

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