Los empleados de Banesto no sabían que estaban vendiendo un swap

Los empleados de Banesto no sabían qué eran lo que estaban colocando a la empresa. Además, las pruebas aportadas por el cliente confirman que el banco actuó de manera irregular desde la información del producto hasta la firma del contrato. Con esta sentencia, Banesto suma 51 en su contra.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Molina de Segura (Murcia) ha anulado la venta de una permuta financiera por parte de Banesto a una PYME. Las pruebas aportadas por los clientes fueron contundentes para demostrar que la entidad bancaria incumplió “todas y cada una de la obligaciones impuestas por las leyes españoles como por las leyes comunitarias”. Es más, según la sentencia, el representante legal de Banesto que intercedió en la venta del producto no sabía qué era lo que estaba vendiendo.

Los documentos presentados confirmaron que el contrato se firmó de manera irregular, pues el representante legal de la empresa lo hizo en la sede de su sociedad mercantil y sin la presencia de la otra parte, lo que provocó que no fuera firmado al mismo tiempo por los dos representantes legales.

Ninguno de los testigos que intervinieron a instancias de Banesto confirmó haber informado al cliente de las características del producto que contrataba. Un desconocimiento que se incrementó debido a la ignorancia de los empleados de Banesto sobre los swaps. La PYME creía que estaba contratando un seguro para que protegiese las posibles fluctuaciones de los tipos de interés. Además, según la sentencia, el contrato firmado posee cláusulas de gran complejidad, lo que dificulta la comprensión del producto. De esta forma, se desestiman las alegaciones presentadas por el banco en las que afirmaba que se trataba de un contrato sencillo.

Para la jueza, no es suficiente que el contrato haya un apartado denominada ‘Aviso importante sobre el riesgo de la operación’, pues no es suficiente para que el cliente conociese de forma clara los riesgo del producto contratado. Según la magistrada este apartado debe ser acompañado de una explicación  clara y precisa. Al contrario de lo que hizo Banesto, ya que únicamente informó de los beneficios del producto, vendiéndolo como un seguro.

También quedaron rechazados los alegatos de Banesto de que la empresa por el nivel organizativo y profesional tenía los medios necesarios para saber qué era lo que contrataba. Por ello la magistrada considera que la PYME, tiene un perfil minorista y que, por tanto, “debe recibir un nivel de protección máximo”.

Para la jueza, una permuta financiera “es un negocio jurídico, atípico, bilateral, recíproco y aleatorio”. En el que los pagadores son variables, de forma que dependiendo de los tipos de interés una parte paga más a la otra, de modo que las variaciones benefician más a uno que a otro.  Por otro lado, para la magistrada hay error cuando la representación que se le hace desde la entidad bancaria al cliente no coincide con la realidad y le produce pérdidas económicas.


Dirección letrada: Manuel Hidalgo (Hidalgo y De Miguel Abogados)
Banco: Banco Español de Crédito, S.A.
Prodcuto: Swap
Perfil: PYME
PDF: S_111230_BANESTO_JPIEI1_MOLINA_DE_SEGURA_PYME_SIN

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