Como en muchos otros casos de PYMES, el ofrecimiento de Catalunya Caixa se produjo en la renovación de varias pólizas de crédito. La empresa creía que la permuta financiera era algo inofensivo y nada perjudicial, pues creía que era un seguro para eventuales subidas de los tipos de interés.
El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Barcelona ha anulado un swap de la antigua Caixa Catalunya (actualmente Catalunya Caixa) y ha condenado a la entidad financiera a devolver los pagos que le había realizado la empresa.
Según la sentencia, la PYME no firmó en ningún momento el Contrato Marco de Operaciones Financieras, hecho que fue reconocido por Catalunya Caixa. Además, en el documento de confirmación no constan las consecuencias derivadas del vencimiento anticipado. Sin embargo, la PYME pidió información sobre el coste, a lo que la caja le contestó que serían 23.000.
Además, el mismo documento no contiene ni tan siquiera las obligaciones de cada una de las partes, ni cómo ni quién abonará las liquidaciones; así como tampoco las consecuencias del incumplimiento del contrato por las partes ni las obligaciones. El juez considera que la inclusión de estos elementos en el contrato, era responsabilidad de la entidad de crédito reflejar las obligaciones esenciales de las partes. Por ello, el juez estima que si estos elementos de importancia no están redactados, la empresa no ha podido emitir válidamente su consentimiento sobre la permuta financiera, por lo que anula el contrato por requisitos esenciales.
Dirección letrada: Arcadi Sala-Planell
Banco: Catalunya Banc
Producto: Swap
Perfil: PYME
PDF: S_120202_CCATALUNYA_JM4_BARCELONA_PYME_SIN