La justicia tumba dos contratos de preferentes Caja España en León

El actual Banco CEISS tendrá que responder por la venta de preferentes a dos particulares en la capital leonesa. Los afectados apenas tenían formación y buscaban una inversión segura para sus ahorros. La entidad tendrá que reembolsar en total 75.000€ a los afectados.

El letrado Bernardo García Angulo logra que se declare la nulidad de dos contratos de adquisición de participaciones preferentes en León. Los afectados eran pensionistas con una formación académica básica y con un perfil conservador. Su objetivo era colocar sus ahorros en algún producto seguro, y desde la entidad se les recomendaron las preferentes. Por supuesto, no se informó de su carácter perpetuo ni de la posibilidad de pérdida patrimonial. Ahora dos juzgados de primera instancia de la capital leonesa les dan la razón y declaran nulos los contratos. Así, los afectados podrán recuperar sus ahorros.

Ambas sentencias declaran nulo el consentimiento prestado por los afectados al suscribir el contrato, por haber recibido una información escasa y confusa por parte de los empleados de la entidad. Esta falta de información llevó a los afectados a contratar sin conocer la verdadera naturaleza de este producto y sin entender los riesgos que suponían para sus ahorros.

El primer caso es el de un matrimonio de jubilados que invirtieron todos sus ahorros en la entidad. El dinero provenía de la actividad profesional del marido como labrador. Ella es ama de casa. A la hora de colocar su dinero, declararon que querían invertir en un plazo fijo, «donde lo habían tenido toda la vida». La sentencia se hace eco de la escasa formación de ambos: el marido aprendió a leer en la mili y la mujer apenas sabe hacerlo. Este hecho era conocido por los empleados de la entidad, así como su perfil financiero conservador, y aún así se les ofreció este producto de alto riesgo y gran complejidad. Reflexiona la magistrado que la contratación de este producto complejo sólo puede entenderse desde un absoluto desconocimiento de la naturaleza del producto.

La segunda sentencia recoge el caso de un guardia civil jubilado que invirtió 3.000€ en lo que (él también) consideraba un plazo fijo. Se le realizó un test de conveniencia que dio negativo, pero aun así le vendieron las preferentes. Recalca esta sentencia también la escasa formación del afectado, que había tenido que trabajar casi desde niño. También que todas sus inversiones previas habían sido en depósitos a plazo fijo, lo que daba idea de su perfil conservador. Además, en ningún momento declaró tener deseo de obtener mayor rentabilidad a costa de un mayor riesgo. La adquisición de las preferentes se hizo guiada por la confianza del afectado en la entidad, con la que le unía una relación de años.


Banco: CEISS
Producto: Participaciones preferentes
Perfil: Particular
Dirección letrada: D. Bernardo Luis García Angulo

PDF 1: S_140616_CEISS_JPI7_LEON_PREFERENTES_PART_SIN.pdf
PDF 2: S_140617_CEISS_JPI3_LEON_PREFERENTES_PART_SIN.pdf

 

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