La Caixa explicó “de pasada” las consecuencias negativas de la permuta

El cliente deseaba cubrirse ante las posibles subidas de los tipos de interés, ante lo que La Caixa le vendió una permuta financiera. La entidad bancaria explicó brevemente cuáles eran las consecuencias negativas que podía sufrir por la contratación del producto, sin embargo enfatizó las positivas. La jueza remarca en la sentencia la finalidad del cliente y cómo debía haber obrado la entidad. Son ya 7 las sentencias contra La Caixa.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Málaga ha condenado a La Caixa (CaixaBank) a devolver los 1.294€ que cobró a un particular. La jueza ha considerado que el cliente tenía una única finalidad: “resguardarse de una eventual subida de intereses frente a los pactos de su hipoteca, pero nunca pagar más de lo estipulado en ella”.

Por ello considera que los empleados de La Caixa no tuvieron un especial cuidado al informar sobre el producto que estaban vendiendo. El objetivo del cliente era cubrirse y protegerse, por ello la jueza insiste en que las cláusulas redactadas en el contrato pueden dar “lugar a confusión y engaño ya que no se explica bien lo cómo son las liquidaciones positivas o negativas”.

La sentencia remarca una y otra vez cuál era la finalidad del cliente por lo que debió ser puntualmente informado sobre las consecuencias que le produciría la permuta financiera. No sólo las positivas, sino también las negativas. Para la jueza, La Caixa debió haber informado con mayor ahínco en estas últimas y “no de pasada”. Por ello, la magistrada menciona el contrato en el que se remarca la finalidad única del cliente: “desea cubrirse ante el riesgo de incremento del tipo de interés variable aplicable a ciertas operaciones”.

Para la jueza, este tipo de producto financiero, “por muy bancario que sea, está vinculado a otra operación bancaria lo que representa unos riesgos que deben ser perfectamente explicados”, algo que durante el juicio recae en las entidades financieras. Por todo, la sentencia concluye que existió un error excusable y esencial por la complejidad del producto, la falta de información prestada por La Caixa y la condición del cliente de no ser un experto financiero.

La jueza cree que es indispensable la prestación de información sobre este tipo de productos a los clientes bancarios, pues “hasta hace poco eran conocidos en España por sectores muy concretos de la doctrina mercantilista”. Profesión que no ejerce el afectado, pues es un empresario que no se dedica al mundo financiero y que según la jueza es “un usuario de los bancos por pura necesidad”.


Dirección letrada: Soledad Rodríguez Víbora
Banco: La Caixa (CaixaBank S.A.)
Producto: Permuta financiera de interés
Perfil: Particular
PDF: S_120224_LACAIXA_JPI1_MALAGA_PART_SIN

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