LA AUDIENCIA DE VALENCIA RATIFICA LA PRIMERA SENTENCIA EN VALENCIA QUE DECLARÓ NULA POR ABUSIVA UNA HIPOTECA MULTIDIVISA

[column size=one_half position=first ]» Bankinter deberá proceder al recalculo de la hipoteca multidivisa en euros, ya que al pagar en francos suizos, los clientes después de 10 años debían prácticamente lo mismo que al principio.[/column]
[column size=one_half position=last ]» Se crea un importante precedente pues hasta ahora existían sentencias que declaraban la nulidad por error, pero ninguna por abusiva. Esta ratificación ya está beneficiando a otros afectados.[/column]

La Audiencia Provincial de Valencia desestimó el pasado 26 de junio el recurso de apelación interpuesto por la representación de BANKINTER SA contra la Sentencia de fecha 14 de diciembre de 2016 dictada por el Juzgado Primera Instancia nº 11 de Valencia, que declaró la nulidad por abusiva de una hipoteca multidivisa suscrita en fecha 30 de marzo de 2007, por importe de 150.000 euros. Una sentencia pionera al ser la primera en Valencia que declaró nula y abusiva un producto tóxico bancario de este tipo.

El fallo de la Audiencia también supone un paso adelante y un importante precedente en la lucha por recuperar lo perdido en las estafas bancarias. Los afectados, socios de Auge, decidieron llevar a cabo esta pelea a pesar de haber liquidado ya su hipoteca y no tener cargas.

El banco, en este caso Bankinter, deberá proceder al recalculo de la hipoteca multidivisa, como si desde un principio hubiese estado en euros, ya que al pagar en francos suizos, los clientes después de casi diez años, seguían debiendo prácticamente lo mismo que al principio. Algo tan abusivo como inaudito.

De acuerdo con las sentencia ratificada por la Audiencia lo importante para el juez era que los clientes, cosa que no ocurrió a tenor de los hechos, pudiesen conocer con sencillez tanto la «carga económica» que realmente suponía para ellos el contrato celebrado; esto es, la onerosidad o sacrificio patrimonial realizada a cambio de la prestación económica que se quiere obtener, como la carga jurídica del mismo.

La sentencia deja claro que  la lectura de las cláusulas de la escritura pública no permite conocer los verdaderos riesgos que entraña para el prestatario la hipoteca multidivisa.  No constan advertencias ni simulaciones que permitiesen advertir a los clientes sobre  la trascendencia real y carga económica y jurídica de la cláusula.

Bankinter alegó que los demandantes tenían experiencia inversora suficiente para conocer esos extremo. Los magistrados de la Audiencia no consideran que trabajar como visitador médico o en una agencia de viajes dé esos conocimientos, ni que se diera suficiente información.

El juzgado estableció por tanto que todas las referencias a la opción multidivisa que constan en el préstamo deben reputarse como abusivas y tenerse por no puestas. El banco debe realizar una nueva escritura pasando el capital pendiente a euros, como si desde un principio la hipoteca se hubiera contratado en tal divisa.

Desde el despacho Ortega y García Abogados, se manifiesta que la sentencia y su ratificación por la Audiencia crea un precedente importante: basta ser consumidor y manifestar estar ante cláusulas abusivas. Hasta ahora existían sentencias que declaraban la nulidad por error, pero ninguna por abusividad. Esto  ya esta beneficiando a otros afectados por hipoteca multidivisa valencianos que contrataron con Bankinter, ya que las cláusulas son idénticas a las declaradas nulas en el presente procedimiento y ahora ratificadas en la Audiencia.


Dirección Letrada: Juan José ortega García
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Particular
Pdf: S_170626_BANKINTER_AP09_VALENCIA_CONFIRMA_161214_JPI11_VALENCIA_HMD_PART_AUGE_SIN

 

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