La Audiencia Provincial de Jaén ha confirmado dos sentencias contra el Banco Popular

La sala número 1 de la Audiencia Provincial de Jaén ha desestimado el recurso de apelación presentado por el banco contra la sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Andújar, en la que se anulaba un contrato de permuta financiera de tipos de interés (IRS). La magistrada ha tenido en cuenta de que se trata de un producto financiero complejo, de alto riesgo y que, por tanto, requiere de amplios conocimientos del mercado financiero o de explicaciones claras hacia los clientes.

El cliente alegó que se le presentó por parte del Banco Popular un producto altamente beneficioso para su economía, pues al tener una hipoteca variable podría perjudicarle económicamente. Por ello, la entidad financiera le ofreció un seguro, por el cual el banco le ingresaría la diferencia en una cuenta vinculada. El demandante firmó la documentación sin que el banco le presentase ningún formulario ni explicación añadida.

Según la magistrada, las permutas financieras de tipos de interés son “un producto financiero complejo, de alto riesgo y que requiere de información clara y necesaria para que comprendiese el producto”. Según la sentencia, el contrato que firmó el cliente en 2007 no tiene cláusulas sencillas y está repleto de fórmulas complejas que escapan a la comprensión del ciudadano medio. “El derecho a la información en el sistema bancario y la transparencia es básico para el funcionamiento del sistema”, un deber que incumplió el Banco Popular. El banco ofertó un producto sin ofrecer al cliente la suficiente información para que comprendiese los riesgos de la contratación del producto.

También la sala tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha confirmado otra sentencia contra el Banco Popular, dictada en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Villacarrillo. En este caso, el particular afectado suscribió con el banco un contrato que se le presentó como seguro, pero que en realidad era un Swap y que le produjo 59.000€ de pérdidas. Al igual que en la sentencia anterior, el magistrado indica que este tipo de productos son complejos y que
requieren de un elevado nivel técnico de conocimientos financieros.

El banco abusó de la confianza del cliente para engañarle y “colocarle” un producto diferente al que le había explicado, además de tener mayor información sobre el mercado financiero por lo que se encontraba en una posición de superioridad respecto al cliente.

El Banco Popular también ha sido condenado por los Juzgados de Primera Instancia de Palma de Mallorca y de Granada; y las Audiencias Provinciales de Lugo y Sevilla han confirmado sendas sentencias en su contra. El Banco Popular suma ya 90 sentencias por venta de productos financieros.

 


Dirección letrada: María de Cabeza Carazo Carazo

Perito: No se aportó informe pericial

Banco: Banco Popular, S.A.

Producto: IRS

Perfil: Particular

PDF: S_111216_BPOPULAR_BANDALUCIA_AP1_JAEN_CONFIRMA_110512_JPI1_ANDUJAR_PART_SIN.pdf


Dirección letrada: Francisco García Cerrillo

Perito: No se aportó informe pericial

Banco: Banco Popular, S.A.

Producto: Swap

PDF: S_120113_BPOPULAR_AP3_JAEN_CONFIRMA_110408_JPI2_VILLACARRILLO_PART_SIN.PDF


Dirección letrada: Marcelino Tamargo Menéndez

Perito: No se aportó

Banco: Banco Popular, S.A.

Producto: Swap

PDF: S_120109_BPOPULAR_JPI4_PDM_PART_SIN.pdf


Dirección letrada: Marcelino Tamargo Menéndez

Perito: José Luis Galiana Blanc

Banco: Banco Popular, S.A.

Producto: IRS

PDF: S_111213_BPOPULAR_JPI12_GRANADA_PART_SIN.pdf

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