La  Audiencia Provincial número 2 de Córdoba ha confirmado una sentencia que cancela dos Swaps y una cuenta corriente de Banesto. La entidad financiera permitió firmar al administrador de una empresa una cuenta corriente y un swap a nombre de sus padres. Banesto aseguró al afectado que los swaps eran contratos sin ningún coste pero cuando quiso cancelarlos se enfrentó a una liquidación de 15.000. El Banco tendrá que devolver a los afectados las comisiones de la cuenta de crédito y las pérdidas ocasionadas por los swaps.

El director de la sucursal de Banesto ofreció al afectado, dueño de una pequeña mercantil, dos swap para “asegurar al cliente frenta a la subida del Euribor, seguro cancelable y sin coste”, según la sentencia. Uno de los Swaps estaba a nombre de los padres del afectado que ni siquiera eran clientes de Banesto por lo que, además de la permuta financiera, se abrió una cuenta corriente también para ellos. Cuando los afectados quisieron cancelar los swaps, unos días después de la firma y tras comprobar que no eran necesarios –como el cliente pensaba- se les informó de que el coste de la cancelación ascendería a 15.000.

Los Swaps se firmaron en octubre de 2008, cuando el Euribor rozaba máximos históricos. Banesto alegó en el juicio “que la evolución de los mercados y en concreto del tipo de interés da la razón a la necesidad de la operación”. Sin embargo el Banco podía prever la caída de los tipos de interés que comenzó al mes siguiente, era un hecho conocido por los expertos financieros desde finales de 2007 y certificado tras la quiebra de Lehman Brothers.

El juez dicta que “el banco debió exigir y valer a fin de que los contratos se firmaran por los verdaderos contratantes y no por terceras personas” y señala que la información proporcionada tanto en la fase precontractual como en los contratos no es suficiente ni comprensible para personas que no tengan experiencia financiera. Por ello confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia y con ello la anulación de las permutas financieras y la cuenta corriente.

 

En Alcázar de San Juan el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 ha anulado un Swap que Grisostomo (miembro activo y muy apreciado de la plataforma NOCLIP) había contratado con Banesto y obliga a la entidad a devolver al cliente 23.550 euros. Banesto ha sido también condenado por la Audiencia Provincial número 1 de Murcia y  la Audiencia Provincial número  3 de Valladolid por la venta de Swaps. Además,  dos pymes de ValenciaVillalpando han obtenido una sentencia positiva en juzgados de primera instancia contra Banesto. 

 


BANESTO.- 09/03/2011. JPI 1, Córdoba confirmada el 04/11/2011 por la AP 2, Córdoba (pyme). Dirección letrada: José Rebollo Puig. Informe pericial: Marín Granada Abogados

BANESTO.- 23/07/2010. JPI 5, Lorca confirmada el 21/11/2011 por la  AP 1, Murcia (pyme). Dirección letrada: AJRG Abogados.

BANESTO.- 24/11/2011. JPI 15, Valencia (pyme). Dirección letrada: Benjamín Prieto. Deiuris abogados. Informe Pericial: Miguel Gálvez Hernández.

BANESTO.- 05/05/2011. JPI 2, Valladolid confirmada el 02/12/2011 por la AP 3, Valladolid (pyme). Dirección letrada: De la Madrid

BANESTO. 02/12/2011. JPIeI 1, Villalpando (pyme). Dirección letrada: David González Esguevillas. GE abogados

BANESTO.- 07/12/2011. JPIeI 3, Alcázar de San Juan (pyme). Dirección letrada: Marín Granada Abogados

 

 

 

 

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Recibe en tu e-mail todas las semanas las últimas noticias sobre gastos de hipoteca, revolving, cláusulas abusivas, estafas…
¡Y mucho más!
PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.