La Audiencia Provincial de Alicante anula otro derivado implícito del BBVA

  • El banco realizó «un error provocado» al no cumplir con su deber de informar, conduciendo a su cliente a un error esencial que le llevaría a grandes perdidas de dinero.

  • En mayo del 2007 el damnificado concertó un préstamos con garantía hipotecaria , en cuya virtud el BBVA concedía un préstamo por importe de 950.000 €.

  • El cliente queda liberado de una liquidación girada por importe de 88.000 € del BBVA

El producto colocado era un derivado financiero, lo que significa que «era susceptible de perdida o ganancia». En el momento que fue colocado, el cliente careció de información respecto a la perdida, y solo recibió información acerca de las ganancias. El banco no informó, ni tiene prueba alguna de haberlo hecho, sobre el valor del mercado y como este podría modificar la cantidad de devolución. El banco realizó «un error provocado» al no cumplir con su deber de informar, conduciendo a su cliente a un error esencial que le llevaría a deber la cantidad de 88.000 €.

En la sentencia se puede recoger como se examinan la conducta por las dos partes del conflicto. En esta misma se aprecia como el Juez determina claramente que al cliente no le es «imputable el error». Por otro lado recoge que la «entidad bancaria incumplió flagrantemente su obligación de informar conventientemente sobre las condiciones reales y el verdadero alcance del contrato».

El demandante ha deducido varias pretensiones de nulidad del contrato. Afirma que es nula por «no superar los controles de incorporación y transparencia», «vicio de consentimiento» así´como «carencia o indeterminación de su objeto». A su vez, el actor no disponía de la suficiente información para entender los riesgos que implicaba la cláusula. De hecho, donde más carencia de información había era «en los escenarios más adversos».

 

El BBVA en toda instancia ha recurrido al hecho de que el damnificado era administrador y socio de una mercantil. Según la identidad, el préstamo fue solicitado para el ejercicio de estas actividades, y por tanto no necesitaba ni información ni ayuda en la gestión de dicho producto. A pesar de estos posibles conocimientos, no se ha podido acreditar que estuviera familiarizado con el producto específico que le fue colocado, y mucho menos de los riesgos asumidos. Esto deja de manifiesto por tanto «el desequilibrio de conocimientos entre los contratantes en relación a una cláusula compleja» que solo perjudicaba gravemente al cliente.

Por tanto, como dictamina la sentencia, se declara la nulidad de la cláusula financiera del contrato de préstamo hipotecario instrumentado. El BBVA ha proceder a devolver la totalidad del depósito constituido por la victima, así como hacerse cargo de todas las costes del juicio.


Dirección Letrada: Francisco Luis García Cerrillo
Banco: Banco Bilbao (BBVA)
Producto: Derivado Implicito
Perfil: PYME
PDF: S_151217_BANCOBILBAO_JM3_ALICANTE_DERIVADOIMPLICITO_SIN.pdf

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Un comentario

  1. Enhorabuena.
    Desconozco si los piratas del cantabrico han recurrido al Supremo…;
    En todo caso algo esta cambiando pues estos mismos 3 magistrados hace justo 3 años pasaron por alto la gravedad de no informar del coste de cancelacion del mismo y nos tumbaron.
    A pesar de ser clientes minoristas y autonomos, nos catalogaron poco menos de ser un hibrido entre Buffet y Madoff …vamos que poco mas y nos acusan de ser nosotros los que intentamos engañar al banco.
    Los mismos estudios financieros de BBVA en marzo de 2007 pronosticaban una subida de tipos de hasta el 5.5 (lo clavaron) a mediados de 2008 para luego bajar al 3.5…

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