La empresa nunca tuvo un conocimiento real sobre el riesgo que asumía con la contratación del swap. Además, la entidad financiera ocultó las previsiones sobre los tipos de interés y el precio de la cancelación.
La Audiencia de Barcelona ha confirmado la sentencia contra CatalunyaCaixa por la venta fraudulenta de una permuta financiera a una pequeña empresa. Para los magistrados no hay una prueba concluyente de que el banco informase de manera rigurosa a la PYME, por lo que se debe proceder a la cancelación del contrato.
La sección 11ª de la Audiencia de Barcelona exige a la entidad bancaria que tendría que haber informado a su cliente con sobre la cancelación del producto, algo que los magistrados consideraran que es un elemento fundamental para conformar su voluntad de negociación. La empresa nunca tuvo un alcance real del riesgo que asumía con la contratación de la permuta financiera.
Además, la sala ratifica lo dicho en la sentencia de primera instancia en la que se afirmaba que la PYME nunca tuvo conciencia sobre la evolución de los tipos de interés y las consecuencias que ello podía provocar en el patrimonio de la empresa. La falta de información ha sido el elemento determinante para confirmar la condena contra CatalunyaCaixa.
Dirección letrada: Arcadi Sala-Planel
Banco: CatalunyaCaixa, S.A.
Producto: Permuta financiera
Perfil: PYME
PDF 1ª instancia: S_120111_CAIXACAT_JPI33_BARCELONA_PYME_SIN.pdf
PDF Audiencia: S_131002_CATALUNYA_BANC_AP11_BARCELONA_CONFIRMA_120111_JPI33_BARCELONA_SL_SIN.pdf