» EL AFECTADO ALEGÓ QUE EL TIPO DE INTERÉS DEL 29,09% APLICADO POR CAIXA CARD 1 EFC. EN LAS LIQUIDACIONES RECLAMADAS EN EL PROCEDIMIENTO MONITORIO ERA USURERO.
» LA MAGISTRADA ENTIENDE QUE ESTOS CRÉDITOS DEBEN INTERPRETARSE COMO PRÉSTAMOS AL CONSUMO Y LOS INTERESES NO PUEDEN SER NOTABLEMENTE SUPERIORES AL NORMAL DEL DINERO.
Todos los afectados por tarjetas de crédito con intereses abusivos no deberían rendirse. Los jueces empiezan a condenar estos excesos de manera contundente. Esta sentencia de la Audiencia Provincial se suma a otras que ya están abriendo el camino para poner fin a este tipo de abusos.
Un afectado de La Rioja ha visto como la Audiencia Provincial de Logroño revocaba una sentencia del 28 de noviembre de 2016 que había dado la razón a CAIXA CARD 1 EFC. El JPI nº4 entendió que la empresa podía reclamar el dinero prestado ( 4.470,25 euros) al interés remuneratorio pactado. El usuario se había negado a pagarlo por abusivo, por lo que fue demandado.
El afectado no se resignó ante este revés y presentó recurso de apelación. Declaró «usurero el tipo de interés del 32,58% aplicado a las liquidaciones reclamadas en el procedimiento monitorio». Así mismo, pidió la anulación por abusiva de «la cláusula de aceptación tácita del incremento del interés retributivo expresamente pactado por ser de orden público y contrario a derecho.
La magistrada de la Audiencia Provincial de Logroño hizo valer que las cláusulas de un contrato no son válidas y eficaces por el mero hecho de haber sido aceptadas. Apoyándose en la sentencia del Pleno del Tribunal Supremo del 25 de novivembre de 2015, argumentó que aunque la causa del litigio fuera un crédito al consumidor a través de una tarjeta, en la práctica equivale a un préstamo de dinero.
Por tanto, basándose en los intereses de préstamos al consumo que operaban en el año 2004, momento de la contratación, y que oscilaban entre un TAE del 7,84% y del 8,65% (entre un 8,43% y un 9,58% en 2015, año que se produce la liquidación de la deuda), es claro que el interés establecido es muy superior.
La Audiencia valoró también que el usuario había establecido un límite de crédito de 1.200 euros que la entidad amplió unilateralmente en tres ocasiones. En marzo de 2013 quedó fijado en 4.200 euros, recalcando que ello no implicaba ninguna comisión adicional.
Además, consideró nulo todo contrato de préstamo que estipule un interés notablemente superior al normal del dinero. Cuando esto se produce, y además es manifiestamente desproporicionado con las circunstancias, el préstamo puede ser considerado usurario.
Concluye la magistrada que el interés TAE 29,09 que consta en las liquidaciones de enero a a abril de 2014 es usura. El afectado tendrá que abonar a la empresa de gestión de créditos (ahora Lindorff Investment nº 1 Dac, a la que Caixabank vendió sus fallidos) el importe del crédito no amortizado, aplicando los inteses usurarios pagados a la amortización.
Estas empresas (coloquialmente conocidas como fondos buitre) han adquirido carteras de créditos de entidades grandes y se están dedicando a presentar reclamaciones judiciales en masa a través del procedimiento monitorio. Desde ASUFIN recomendamos plantar cara y oposición a estos pleitos porque muchas veces los demandantes no pueden presentar pruebas de la deuda. Desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea admite que en los procesos monitorios el juez tiene falcultad para pronunicarse de oficio sobre una eventual abusividad, los consumidores empiezan a sentirse defendidos.
Dirección Letrada: Gisela Bernáldez Bretón
Banco: CAIXACARD (Cesión crédito a LINDORF – Fondo Buitre)
Producto: Tarjeta de crédito
Perfil: Particular
Pdf: S_170620_CAIXACARD_AP1_REVOCA_161128_JP4_LOGRONO_TARJETAS_PART_SIN
Un comentario
Mi enhorabuena al afectado y a su defensa. Aunque La Caixa quiera lavar su imagen con la «Obra Social» aquí demuestran lo que son, unos USUREROS. Yo perdí a un amigo (se suicidó) porqué se quedó sin trabajo y la Caixa le embargó su casa. Perdió su casa y la Caixa se quedó con su vivienda por un valor muy, muy bajo, con lo cual le quedó una deuda muy importante de por vida. Se convirtió en un esclavo, trabajaba solo para pagar deudas infladas por intereses abusivos, hasta que no pudo más…¡un abrazo Luis, te queremos!
España es el único país donde la vivienda no basta como prenda para un impago, en la mayoría de países sí.
Es una vergüenza.
España necesita mas Magistradas como su Señoría. ¡Enhorabuena!
Gracias de corazón.