El juzgado especializado de Barcelona da una de cal y varias de arena a los consumidores

El juzgado especializado de Barcelona (JPI 50) ha comunicado unos criterios unificadores con el propósito de agilizar la resolución de las demandas por cláusulas abusivas en las hipotecas en un intento de evitar su colapso.

HIPOTECA MULTIDIVISA Y CLÁUSULA SUELO

Los afectados por hipoteca multidivisa y cláusula suelo salen beneficiados del criterio unificador. El juzgado especializado advierte que seguirá la doctrina del Tribunal Supremo y examinará si las cláusulas superan el control de transparencia. Así, los afectados por hipotecas multidivisa podrán obtener una nulidad parcial que conllevaría la eliminación de las referencias a la denominación en divisas del préstamo, que queda como un préstamo concedido en euros y amortizado en euros. Por su parte, los afectados por cláusula suelo recuperarán las cantidades abonadas de más desde la suscripción del contrato más intereses legales.

Para Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN “es responsabilidad de las entidades financieras acabar con el calvario judicial de sus clientes y llegar a acuerdos extrajudiciales. Se recuperaría la confianza en el sistema y ahorraría dinero a los contribuyentes.”

GASTOS HIPOTECARIOS

En el caso de los gastos hipotecarios, el juzgado hace un reparto equitativo entre el cliente y la entidad financiera de los gastos de gestoría, arancel de notario y arancel del registro y deniega la devolución de los gastos de tasación y el IAJD. Así, el tribunal se olvida de que la nulidad de una cláusula abusiva debe sancionarse con la restitución total de lo abonado.

Según Suárez “Europa se ha pronunciado en numerosas ocasiones contra la posibilidad de que los jueces nacionales moderen los efectos de una cláusula abusiva pues se perdería su carácter disuasorio. Por tanto, si la cláusula es nula, el consumidor debería recuperar todo el dinero.”

IRPH

La peor parte se la llevan los afectados por el IRPH. Efectivamente, el juzgado especializado acata sin fisuras la doctrina del Supremo y no deja espacio a los afectados para reclamar. Sin embargo, desde ASUFIN consideramos que este planteamiento limita la posibilidad de los afectados de solicitar al juez que plantee una cuestión prejudicial a Europa para que, una vez más, respalde a los consumidores bancarios.

COSTAS

Finalmente, el juzgado pide por un lado que se moderen los honorarios de los profesionales puesto que estamos ante procedimientos masivos. Se olvida una vez más de que las entidades financieras están obligando a los consumidores a acudir a los tribunales y asumir unos gastos por un procedimiento que, como bien indican con estos criterios unificadores, son en muchas ocasiones contrarios a la banca.

Las entidades financieras no han tenido ningún empacho en cobrar unas costas desorbitadas en los procedimientos judiciales y cuando les toca pagar nos piden una rebaja. Que además se sumen los jueces a esta petición cuando nadie tuvo piedad de los que perdieron sus casas es inaceptable.” Sentencia Suarez.

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