Préstamos de padres a hijos, ¿qué implicaciones fiscales y legales tienen?

Son préstamos informales que se hacen a menudo, pero ¿qué hemos de tener en cuenta?

Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, nos ha explicado las claves de los préstamos informales, que se hacen entre padres e hijos, o familiares… Esas ayudas prácticamente desinteresadas que nos llegan para soportar estos grandes pesos financieros.

¿Pero qué implicaciones tienen? En «Por fin» en Onda Cero con Jaime Cantizano. Te dejamos el audio para que, si no has podido escucharlo, puedas recuperarlo. 

Estos préstamos están fuera del circuito formal y no están sujetos a la supervisión de las autoridades

Los préstamos entre familiares se pueden ofrecer a interés cero. Esto es muy importante: tus padres te quieren dar una ayuda y se puede dar el caso de que no quieran cobrarte nada por ello. Igual sucede con otros familiares, o incluso amigos. Hablamos de préstamos con interés cero, por lo general. Y como ya decíamos anteriormente: nada de papeleo, examen crediticio. Hablamos de algo que se acerca a la ayuda desinteresada.

– Pero cuidado. No por ello, estamos exentos de algunos riesgos:

–  Que todo el mundo sea consciente de esta ayuda, ya que pueden presentarse conflictos. Y te pongo un ejemplo: el resto de hermanos tiene que saber que se ha dado esa ayuda, como sucede con los avales. De lo contrario, puede ser motivo de conflictos y malentendidos.

– Igualmente, que no haya nada por escrito (o sí, y sea un contrato muy sencillo) no quiere decir que no tengan que dejarse las cosas claras: plazos de devolución, retrasos en el pago, intereses sí o no. De nuevo, cualquier fleco que se haya dejado suelto puede crear malos entendidos.

Presión psicológica. Como no estamos ante una operación profesional podemos sentirnos mal por haber pedido más de lo que estamos en condiciones de devolver.  

– Y finalmente, también tenemos que hablar que, desde el punto de vista de quien presta, hay una posibilidad real de perder el dinero sin posibilidad de recuperarlo, porque no hay un soporte legal suficiente.

– A efectos fiscales, y aunque se trate de un préstamo sin intereses, si no se documenta adecuadamente la Agencia Tributaria puede interpretarlo como una donación encubierta, y exigirte el consiguiente impuesto.

Y esto sucede porque cuando ese familiar, ese padre o madre te te transfiere una cantidad de dinero importante, Hacienda no sabe si es un préstamo (que debe devolverse) o una donación (que no se devuelve). Si no hay un contrato que lo demuestre, se asume que es una donación.

– Y si es una donación, entra en juego el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya cuantía a pagar depende de cada comunidad autónoma (las hay en las que está muy bonificado, casi al 100%), el parentesco y la cantidad de dinero.

– Ojo: y no es lo mismo si el donante es el padre o la madre que si ya hay una relación más alejada, como por ejemplo, que el dinero que se dona o presta proceda de un tío, o de un familiar lejano.

– Y Además de la cuota del impuesto, se podrían sumar multas recargos por no haberlo declarado. Insistimos, hay que tener mucho cuidado.

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