El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Girona ha condenado a Bankinter a anular la cláusula multidivisa por abusividad y falta de transparencia. Al matrimonio asociado a ASUFIN le gustaría que el banco no recurriese, pero Bankinter es experto en alargar el sufrimiento de sus víctimas.
La pareja asociada a ASUFIN solicitó un crédito para la adquisición de su vivienda habitual con Bankinter, sustituyendo un préstamo inicial ya concertado con la misma entidad. Lo hicieron porque las cuotas se habían elevado demasiado y tenían ciertas estrecheces en su día a día. Es verdad que fueron ellos los interesados, pero fue la entidad quien lo publicitó como muy ventajoso en el cuerpo de funcionarios donde realizaban su trabajo.
Acudieron a ASUFIN cuando fueron conscientes de las desventajas que nunca les dijeron. El abogado colaborador, Oscar Serrano, demandó a Bankinter y solicitó la nulidad de la cláusula multidivisa. El juez, tras la valoración de las pruebas, falló a favor del matrimonio.
El perjuicio que esta pareja de ASUFIN sufrió por contratar su crédito hipotecario en yenes fue 54.030,97 euros.
La sentencia se basa en extensa jurisprudencia, entre ellas los últimos fallos del Tribunal Supremo y el de la Unión Europa. Confirma que no hubo negociación puesto que las cláusulas impugnadas son condiciones generales de la contratación. Como dice el juez, el consumidor no tiene capacidad alguna de negociar. También llega a la conclusión de que, leídas de forma aislada, las cláusulas no son ni claras ni comprensibles.
Lo que si se ha podido probar es que a lo largo de la vida del préstamo la pareja no hizo cambio alguno de moneda, por lo que sigue referenciado en yenes japoneses. También, que el perjuicio aproximado para este matrimonio en estos años (y hasta fecha sentencia) ha sido de, aproximadamente, 54.030 ,97 €.
Bankinter presentó un documento donde se detallaban los riesgos del préstamo en divisa, pero, como suele ser habitual, no estaba firmado por los afectados.
Los asociados de ASUFIN, ambos funcionarios, desconocían la naturaleza de este producto complejo.. El juez entiende que este préstamo no estaba indicado para ellos y nunca lo hubieran contratado si hubiesen conocido todos los riesgos que conllevaba.
El fallo acuerda la nulidad parcial del contrato hipotecario en lo relativo a divisas y condena a Bankinter a liquidar el préstamo » por importe de 210 .000 € desde su suscripción, referenciado al Euribor más diferencial del 0,45%». Así mismo, la entidad es condenada a reintegrar el importe de las cantidades pagadas en exceso, comisiones y gastos cobrados por el cambio de divisa, así como los intereses correspondientes.
En ASUFIN celebramos con nuestros asociados esta buena noticia. Felicitamos a Oscar Serrano por este nuevo éxito y animamos a todos los afectados por abusos bancarios a que no se resignen y vengan a contarnos su caso. Un gran equipo jurídico, acostumbrado a defender y ganar a los consumidores, está esperando para dar el asesoramiento necesario a quien lo necesite.
info@asufin.com
Dirección Letrada: Oscar Serrano Castell
Perito: David G. Muntané
Banco: Bankinter
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF: Sentencia favorable del JPI3 de Gerona