MULTIDIVISA: Un matrimonio de ASUFIN dice definitivamente adiós a la hipoteca en francos

La Sala 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha desestimado el recurso que Banco Bilbao Vizcaya presentó contra la sentencia del JPI9 que declaraba la nulidad del clausulado multidivisa. Los magistrados han confirmado que el préstamo en francos suizos se hizo sin transparencia, lo que motivó que el matrimonio asociado a ASUFIN sufriera un perjuicio superior a 160.000 euros. La sentencia ya es firme.

No podía comenzar mejor el curso escolar para esta pareja asociada a ASUFIN que lleva mucho tiempo luchando para deshacerse del mayor error económico de su vida. BBVA no ha recurrido la sentencia de la AP15 por lo que ya es firme. Ahora sólo queda esperar que el banco se aplique en cumplir su condena.

La decisión de optar por un préstamo hipotecario en francos suizos a la hora de adquirir su vivienda habitual ha supuesto un verdadero quebradero de cabeza para este policía y su mujer. En 2007 contrataron con Caja D’Estelvais (ahora BBVA) un crédito de 325.000 euros. Las constantes subidas en las cuotas les obligaron a refinanciarlo en 2013, como único medio a su alcance para evitar un impago que les hubiera llevado a perder su vivienda.

Pero no sólo subían las cuotas, el capital pendiente no dejaba de crecer por lo que solicitaron ayuda a ASUFIN. La letrada colaboradora, Montse Serrano, presentó demanda contra BBVA por falta de transparencia y abusividad. El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Barcelona estimó la demanda al no poder acreditar la entidad que se hubiera informado a la pareja con exactitud de los riesgos y la naturaleza de este producto.

La pareja, ante las constantes subidas, tuvo que refinanciar su deuda en 2013 para evitar una ejecución hipotecaria

El fallo declaró la nulidad parcial del contrato, declarando que «la cantidad debida es el saldo pendiente referido en euros que resulte de disminuir del importe prestado de 325.000 euros la cantidad amortizada en concepto de principal e intereses también convertida a euros». BBVA fue condenado a recalcular todas las cuotas de amortización desde el inicio en euros y a devolver lo cobrado en aplicación de las cláusulas declaradas nulas.

El banco recurrió alegando que había cumplido con su obligación de informar y la confirmación tácita del contrato al ser novado en una refinanciación en 213, entre otros. Los magistrados de la AP15 tuvieron acceso a toda la documentación presentada, incluído el informe del perito colaborador, David Muntané, para concluir que si el matrimonio hubiera tenido conocimiento real de las características del préstamo, no habrían consentido la contratación. Las cláusulas relativas a la “Opción multidivisa” impugnadas, son, por tanto, abusivas.

En sólo ocho años los asociados de ASUFIN pagaron 151.000€  y vieron que su deuda aumentó hasta 381.866

Los asociados de ASUFIN, con estudios de FP y Bachillerato, no son expertos financieros. Si lo fueran, como expone el informe pericial, se hubieran dado cuenta de que en el momento de la firma ya se estimaba un perjuicio económico de 10.426 euros para, solamente, los 3 primeros ejercicios. Si el banco les hubiera advertido del riesgo que suponía para el capital pendiente la fluctuación del franco, no habrían sufrido un perjuicio económico tan considerable.

A fecha 26 de octubre de 2015, sólo ocho años después de contratar su crédito y haber pagado un total de 151.628 euros, el matrimonio tenía una deuda con BBVA de 381.866 euros, es decir, 51.866€ más de lo que contrataron. Si a esto le sumamos las comisiones y gastos, el perjuicio económico sufrido comparado con una hipoteca convencional en euros y referenciada al euribor es de 162.621,08.

Los magistrados de la AP15 concluyen que hubo déficit de información y la cláusula no se aplicó con transparencia

La Sala, aplicando la doctrina existente, y analizada la prueba practicada, concluye que hubo  déficit de información por parte de la entidad financiera, lo que motivó que la cláusula no se incorporara con la transparencia debida. «Ello debe conducir a la nulidad de la misma y consiguiente supresión del
contrato, confirmando el criterio seguido por el magistrado a quo».

BBVA no presentó documento precontractual alguno  para acreditar que los asociados de ASUFIN habían sido debidamente informados del riesgo de fluctuación intrínseco a esta modalidad contractual hipotecaria. No cumplió, por tanto, con las exigencias de la STS de 15 de noviembre de 2017. LLegando a la conclusión de presumir que si hubieran tenido conocimiento de los riesgos hubieran optado por otro crédito, las cláusulas son, por tanto, abusivas.

Este fallo ha supuesto una inmensa alegría y tranquilidad para esta pareja asociada a ASUFIN. Compartimos esa felicidad  con ellos y queremos trasladar la enhorabuena a la abogada colaboradora, Montse Serrano, que se ha dejado la piel para lograr este éxito. Con ASUFIN colabora un equipo jurídico solvente, experimentado y comprometido que te ayudará a reclamar tus derechos.

Consúltanos: info@asufin.com

Dirección Letrada: Montse Serrano
Perito: David Muntané
Banco: Caixa Cataluña / BBVA
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF: 27.06.209  Sentencia favorable de la AP15 de Barcelona

 

 

 

 

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