El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Granollers ha condenado a Banco Popular a anular la cláusula multidivisa y la cláusula suelo de dos créditos hipotecarios contratados por una pareja asociada de ASUFIN. En ambos casos, la juez estima abusividad y falta de transparencia.
El matrimonio contrató un crédito hipotecario para su vivienda habitual en el año 2004 con Banco Popular. Acudió a la sucursal para conocer la hipoteca más ventajosa y allí les ofrecieron la hipoteca multidivisa, destacando que pagarían menos intereses. En el juicio aseguraron que nadie les habló de los riesgos que asumían con este producto. La pareja eligió yenes como divisa.
A finales de año, se modifica el importe del préstamo que pasa a ser de 210.000 euros, y se cambia la divisa a francos suizos. Posteriormente, en 2006, llevan a cabo una novación donde les se estipula una cláusula suelo del 3,00%. Con el paso del tiempo, la pareja comprueba el tremendo error al ser consciente de las pérdidas sufridas por este producto, como muestra el cambio de nuevo a yenes en 2007. Puestos en contacto con ASUFIN, se procedió a demandar a Banco Popular.
El sobrecoste que esta familia ha tenido que soportar hasta el 19 de febrero de 2016 supera los 123.813 euros
La juez no encontró prueba alguna sobre que el banco hubiera negociado acerca de ambas cláusulas. Los testimonios fueron contradictorios y no se aportó prueba documental de que Banco Popular hubiera explicado con diligencia y rigor los productos contratados. En el tema de la cláusula multidivisa, no supera el doble control de transparencia.
Esta falta de información ha llevado a la pareja a tener un enorme perjuicio económico, como destacó en la pericial, David Muntané, que asciende a 123.813,35 euros. Aunque han pagado menos intereses que en una hipoteca convencional, han pagado un total de 53.069,49 euros más en cuotas (interés más capital) y han
visto aumentado el capital pendiente de amortizar en 70.743,86 euros.
Las escrituras, a decir de la sentencia, no son transparentes y enmascaran la información para el consumidor.
La juez, estimando que los asociados de ASUFIN carecen de conocimientos financieros (ambos están graduados en formación profesional) y son consumidores, entiende que Banco Popular debió reforzar la información. Así mismo, analizadas las escrituras, considera que no superan el control de transparencia.
Según sentencia, » la fijación de un “techo” y un “suelo” se insertan después de toda la información relativa a los criterios de revisión del tipo anual, destacándose únicamente los términos “8,25%” y “3%” en negrita, lo que determina que sea difícilmente identificable, o, en los términos utilizados por el Tribunal Supremo, que quede totalmente “enmascarada” para el consumidor».
La juez anula por abusivas la cláusula multidivisa y la cláusula suelo, que se tendrán por no puestas.
En consecuencia, declara la nulidad de la cláusula multidivisa y la nulidad del apartado 3.2 de la Cláusula Primera del contrato de préstamo hipotecario de 10 de marzo de 2006. Esta cláusula establece un límite a la variación del tipo de interés que fija en un tipo mínimo del 3,00%. Banco Popular deberá recalcular las cuotas de capital e intereses abonadas y el capital pendiente en euros. También tendrá que devolver lo pagado en exceso, con el interés legal correspondiente.
Aunque la sentencia no es firme, felicitamos a nuestros asociados y abogado colaborador, Oscar Serrano. En ASUFIN hemos sido pioneros en la reclamación de este abuso bancario y contamos con un equipo jurídico solvente y comprometido, por eso tenemos tantos éxitos. Si eres víctima de un abuso bancario, no dejes de consultarnos.
Dirección Letrada: Oscar Serrano Castell
Perito: David García Muntané
Banco: Banco Popular
Producto: Hipoteca multidivisa/ Suelo
Perfil: Particular/ASUFIN
Pdf: Sentencia estimatoria JPI7 de Granollers