Confirma la Sala 16 de la Audiencia Provincial de Barcelona la sentencia de instancia y declara la nulidad de la cláusula multidivisa condenando a Caixabank (antes Barclays) a recalcular la cantidad adeudada en euros. El matrimonio asociado a ASUFIN contrató su crédito hipotecario en 2007 por 296.000 euros y desde entonces el capital pendiente no ha dejado de aumentar.
Los magistrados de la Audiencia Provincial han ratificado la sentencia del JPI24 de Barcelona que declaró que la cantidad adeudada «es el saldo pendiente referido en euros que resulte de disminuir del importe prestado de 296.800 euros la cantidad amortizada en concepto de principal e intereses también convertidos en euros. Caixabanc es condenado a recalcular todas las cuotas de amortización del préstamo desde el inicio, aplicando el Euríbor, y a devolver la diferencia cobrada de más.
El juez declaró la nulidad por error en el consentimiento y Caixabank recurrió argumentando, entre otras razones, que la acción de nulidad había caducado al haber transcurrido más de cuatro años desde la firma o, en todo caso, desde que la pareja adquirió conocimiento de lo firmado. La Sala, sin embargo, desestima esta alegación porque el plazo de caducidad, dice, «se iniciará como mínimo en la fecha de consumación del contrato».
La pareja de ASUFIN solicitó 296.000 euros y tras ocho años pagando rigurosamente sus cuotas, su deuda era de 360.586
La pareja solicitó un crédito a Barclays de 296.000 euros (hoy Caixabank) en el año 2008. Lo hizo en divisa porque el euribor estaba alto y no podían pagar los intereses. La mujer es administrativa y el marido es oficial en el registro mercantil, pero ninguno tiene conocimientos financieros. Antes de la firma no fueron informados de los riesgos. Sabían que las cuotas podían subir, pero no que también lo haría el capital poniendo en riesgo su patrimonio.
El resultado fue que pese a solicitar 296.000 euros, ocho años después de abonar todas sus cuotas, su deuda con Caixabank ascendía a 360.586,89 euros, es decir, 62.586,89 euros más de lo prestado. El perjuicio total padecido por esta pareja, si comparamos su préstamo en francos suizos con uno en euros, es de 107.503,24€. Por tal motivo, ante la angustia que se vivía en esa familia, solicitaron ayuda a ASUFIN que ganó la demanda presentada por el abogado colaborador, Oscar Serrano.
El perjuicio total que este matrimonio ha sufrido por contratar su crédito hipotecario en francos suizos, y no en euros, asciende a 107.503,24
Los magistrados de la AP16 afirman en la sentencia que una rigurosa información sobre tan drásticas consecuencias era necesaria para que los asociados de ASUFIN hubieran adoptado una decisión fundada y prudente y pudieran haber comprendido los efectos en las cuotas de una fuerte depreciación de la moneda en la que recibían sus ingresos.
Dado que la entidad está obligada a ofrecer una información transparente, la Sala ha evaluado las pruebas acerca de esa transparencia, recordando que los datos del riesgo no pueden enmascararse entre informaciones
abrumadoramente exhaustivas. En este caso, la cláusula se inserta en el contrato en un extensísimo apartado
-cinco páginas- que incorpora un sinfín de datos relacionados con el cambio de divisa con farragosas estipulaciones.
El juez de instancia declaró nula la cláusula por error en el consentimiento, los magistrados de la AP16 aprecian también falta de transparencia y abusividad
Queda claro para los magistrados que la cláusula multidivisa fue unilateralmente redactada por la entidad y que no facilita la comprensión del los consumidores ni advierte de las consecuencias del cambio, prácticamente imperceptible e inidentificable por su nula relevancia tipográfica. En ningún momento se especifican ni identifican, más allá de la utilización de términos abstractos, los riesgos específicos aparejados al cambio. La posibilidad de que el capital adeudado aumente pese al pago de cuotas, no se sugiere en absoluto.
No consta entrega de oferta vinculante, ni folleto informativo anterior a la firma, ni que los afectados negociaran las condiciones, por lo que la cláusula no supera el filtro o control de transparencia. Por tanto, no es anormal que los asociados de ASUFIN se hiciesen una representación equivocada de la naturaleza y riesgos de la hipoteca multidivisa y padeciesen un error susceptible de viciar su consentimiento, tal como apreció el magistrado del JPI24. No obstante, al existir relación entre falta de transparencia y abusividad, igualmente el fallo sería la declaración de nulidad.
La Sala no considera que el asociado de ASUFIN, por ser oficial de un Registro de la Propiedad, tuviera que ser más diligente en la búsqueda de información, algo que corresponde a la entidad.
La Sala de la Audiencia Provincial revoca, eso sí, la decisión de instancia de no pronunciarse en costas al entender que el asociado de ASUFIN, por su condición profesional de oficial de un Registro de la Propiedad debió ser más diligente y recabar información por su cuenta. Los magistrados valoran que el afectado declaró que su función se limitaba a transcribir a los libros registrales el contenido de las escrituras y no estiman que eso le proporcione un conocimiento suficiente ni que sea él quien deba buscar la información que la entidad debe proporcionarle.
El fallo desestima el recurso de apelación de Caixabanc y estima la impugnación de ASUSFIN, por lo que la resolución sólo se modifica en el sentido de acordar la imposición de costas al banco, manteniéndose en su integridad los demás pronunciamientos.
Cada vez más tribunales anulan cláusulas abusivas y condenan a las entidades a devolver lo cobrado de más.
Celebramos con esta pareja este triunfo y felicitamos al abogado colaborador, Oscar Serrano por este logro. Recordamos la importancia que tienen en estos procedimientos contar con un equipo jurídico comprometido y solvente, como lo son todos los colaboradores de ASUFIN. Los tribunales están fallando a favor de los consumidores por lo que, si crees que puedes tener alguna clásula abusiva en tu contrato hipotecario, te esperamos. Consúltanos en info@aufin.com
Dirección Letrada: Oscar Serrano Castell / Montserrat Serrano
Perito: David G. Muntané
Banco: Barclays / Caixabank
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF: Sentencia favorable de la AP16 de Barcelona