MULTIDIVISA: La AP15 anula tres cláusulas abusivas de Banco Popular a un matrimonio asociado a ASUFIN

La Sala Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Barcelona ha vuelto a fallar a favor de ASUFIN y ha confirmado que tanto la cláusula multidivisa, la de gastos y la de suelo, todas ellas en un préstamo hipotecario de nuestros asociados, son nulas por abusivas.

Los magistrados han confirmado lo que ya estimó el Juzgado de Primera Instancia 36 de Barcelona cuando declaró la nulidad por abusividad del clausulado multidivisa dejando el saldo pendiente  en euros. Banco Popular es condenado a disminuir del préstamo (215.000 euros)  la cantidad amortizada en concepto de principal e intereses también en euros.

La entidad tiene que recalcular todas las cuotas desde el inicio  y aplicar como tipo de interés de referencia el Euribor incrementado en 0’90. Además, declara «la nulidad de la cláusula Financiera Primera, apartado 5-
Gastos y obligaciones a cargo del prestatario, subpuntos 5-1-2 y 5-1-4. Acuerdo dejar sin efecto la cláusula 3.2 de la cláusula primera que fija como tipo mínimo el 3’5% de acuerdo con lo dispuesto en la STS de 23/12/2015, que la declara nula».

Pese a que el matrimonio asociado a ASUFIN ha pagado menos intereses, ha visto aumentada su deuda en 20.249,79 euros.

Banco Popular recurrió y los magistrados de la AP15 no han estimado su recurso en base a las pruebas documentales, la pericial aportada y la testifical. La Sala considera probado que la pareja son consumidores y que, con la intención de adquirir su primera vivienda, solicitaron un crédito a Banco Popular. Según el matrimonio fueron los empleados del banco los que les ofrecieron hacerlo en divisa como una buena oferta.

Lo cierto es que lo que comenzó siendo una ventaja, terminó siendo una pesadilla que pudo suavizarse en los últimos años. La pareja, desde 2006 ha pagado menos intereses que en una hipoteca convencional y aún así,  ha tenido un perjuicio económico de 15.728,38 euros ya que ha visto aumentado el capital pendiente de amortizar en 20.249,78 euros.

Intentaron cambiar a euros en 2015, pero la cláusula suelo del 3,5% tampoco ayudaba a rebajar sus cuotas

Los magistrados prestaron atención a la información precontractual ofrecida por la entidad a los consumidores, pero no se aportó ni folleto informativo, ni oferta vinculante ni minuta de la escritura pública. Ninguna documentación aporta Banco Popular para acreditar la información que, con carácter previo a la
firma del contrato, facilitó a los asociados de ASUFIN.

Uno de los empleados sólo pudo aportar testimonio del momento en el que la pareja, agobiada por la situación, pidió negociar a la baja la cláusula suelo para buscar como solución cambiar el préstamo a euros en 2015. Cuatro años antes, el matrimonio cambió de yenes a francos, si bien volvió a cambiar a francos suizos al cabo de pocos días.

En 2010 cambiaron de yenes a francos suizos, pero volvieron a los francos a los pocos días, lo que significa, para los magistrados, que no estaban familiarizados con las divisas

Los magistrados no consideran que dichos cambios signifiquen que conocieron los riesgos a la hora de firmar.
En definitiva, «no resulta acreditado que se comunicaran a la parte demandante todos los elementos que podían incidir en el alcance de su compromiso, permitiéndole evaluar, en particular, el coste total de su
préstamo».

La sala concluye que «la cláusula multidivisa no se incorporó de forma transparente, pues la parte demandante consumidora no pudo comprender que el contravalor en euros de la cuota mensual podía variar en función de la evolución del tipo de cambio, así como que el contravalor en euros del capital pendiente de amortizar también fluctuaba pudiendo llegar a deber más dinero en euros, que el capital inicial. No existe ninguna información precontractual, ni escrita ni tampoco verbal, que resulte concluyente para entender que se informó debidamente».

La Sala confirma íntegramente la sentencia de instancia y anula la cláusula multidivisa, la de gastos y la de suelo

Al confirmar íntegramente la sentencia de primera instancia, los asociados de ASUFIN han conseguido la nulidad de la multidivisa, la devolución de los gastos y la tranquilidad de que al quedar el crédito referenciado a euros no tendrán que soportar a cláusula suelo del 3,5%.

Felicitamos a estos queridos asociados y celebramos con ellos, y con el abogado colaborador, Oscar Serrano, ese importante éxito. Os recordamos que en este tipo de procedimientos es muy importante contar con letrados solventes y comprometidos, como lo son todos los que colaboran con ASUFIN.

Consultanos cualquier duda. Estamos aquí para ayudarte a recuperar tu dinero.

Dirección Letrada: Oscar Serrano
Perito: David García Muntané
Banco: Banco Popular
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF: Sentencia favorable de la AP15 de Barcelona

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