HMD: ASUFIN gana de nuevo en el 101Bis a Bankinter

Una pareja de ASUFIN, él abogado,  ha ganado en el Juzgado de Primera Instancia 101 Bis de Madrid a Bankinter por falta de transparencia y abusividad en la cláusula multidivisa del préstamo que contrató en yenes.
El juez no ha considerado probado que se negociara la cláusula ni que los textos aportados explicaran de forma clara y comprensible los riesgos de un producto complejo como es la hipoteca multidivisa.

El juez del Juzgado de Primera Instancia 101Bis de Madrid ha desestimado todas las alegaciones de Bankinter a la demanda presentada por la abogada colaboradora de ASUFIN. Pese a las numerosas pruebas que el banco decía tener para demostrar la transparencia de su producto, lo cierto es que ninguna ha resultado probatoria para el magistrado.

Bankinter comenzó incidiendo en que la multidivisa no era un producto de inversión, sino un préstamo hipotecario formalizado en divisa. Esgrimió el argumento de que el afectado era abogado, que fue él quien solicitó así la hipoteca y que firmó el Documento de Primera Disposición donde se le informaba del riesgo que él asumió.

La pareja, donde efectivamente él es abogado, pidió este préstamo para cancelar uno anterior y mejorar el tipo de interés, con el fin de comprar otra vivienda. El préstamo, dice la sentencia, aparece concedido en euros (250.000) para luego señalar que se formaliza en yenes, lo que, pese a todo lo dicho por Bankinter, hace que el texto resulte contradictorio y poco transparente.

Aunque el banco asegura que no comercializaba masivamente este producto, que le enviaban constante información al correo, que le hicieron simulaciones de escenarios negativos y que la cláusula fue negocidada, nada ha podido probar.

El único documento aportado por Bankinter se firmó el mismo día ante el notario y no es precisamente claro en su redacción.

Dice el juez que el hecho de que se negociara la cantidad, el plazo y la divisa del préstamo, no supone que la redacción de la cláusula fuera objeto de negociación. Es más, el juez se inclina a creer, tras el material aportado, que la cláusula forma parte de las Condiciones Generales de la Contratación.

Las pruebas aportadas y la testifical de la empleada de la entidad tampoco demuestran que el banco facilitara información necesaria y relevante al asociado de ASUFIN. Aunque el cliente fuera abogado, era consumidor, y el trato en lo referente a la transparencia es el mismo. El único documento aportado por Bankinter se firmó el mismo día ante el notario y no es precisamente claro en su redacción.

En la sentencia también se declara que la cláusula tiene carácter abusivo porque la falta de transparencia provocó un grave desequilibrio en el afectado, al que no le explicaron los graves riesgos de este contrato.

Por último, el juez deja claro que no cabe dejar sin efecto las normas imperativas de protección de los consumidores por medio de una previa renuncia de sus acciones. Que los afectados de abusos bancarios firmen un documento renunciando a acciones futuras, no impide su derecho a la tutela judicial efectiva.

Por tanto, se declara la nulidad parcial por abusivo del préstamo en todo lo relativo a la opción multidivisa. Bankinter debe recalcular el préstamo desde su suscripción tomando como capital los 250.000 euros fijados en la escritura. El resto de las condiciones seguirán como si de un préstamo en euros se tratase, referenciado al Euribor más el diferencial pactado.

El capital pendiente se fijará cuando todo el préstamo haya sido recalculado en euros y se hayan restado las cantidades abonadas de más. Una buena noticia para nuestros asociados que compartimos con todos.

Felicitamos a nuestra abogada colaboradora, María José Lunas, por este éxito . Es muy importante en este tipo de procedimientos contar con abogados comprometidos y solventes.


Dirección Letrada: María José Lunas
Perito: David García Muntané
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista / Socio ASUFIN

Pdf: S_180702_BANKINTER_JPI101BIS_MADRID_HMD_ASUFIN_SIN

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