HMD: ASUFIN gana a Bankinter una hipoteca ya cancelada con un perjuicio de 81.330 euros

El Juzgado de Primera Instancia 101 Bis de Madrid ha fallado a favor de dos asociados que contrataron una hipoteca en 2008 por 150.000 euros y la cancelaron en 2012 por 2017.313,86 euros ante la subida constante de cuotas y capital. El juez condena a Bankinter a indemnizar por daños y perjuicios a los afectados.

Dos hermanos asociados de ASUFIN tienen contratado con Bankinter su préstamo hipotecario, Uno de ellos lo hizo en 2006 y el otro en 2008, animado por el hermano. Solicitó el crédito para comprar su vivienda habitual por un valor 150.000 euros referenciado a yenes. En 2012, agobiado por la situación, optó por cambiar de yenes a euros y, unos meses después, procedió a cancelar su crédito con el banco por un importe de 2017.313,86 euros.

La enorme pérdida hizo que la pareja se acercara a ASUFIN quien interpuso demanda contra el banco. Bankinter argumentó que el hermano ya conocía el producto y que todo fue transparente. El juez, sin embargo, comenzó valorando que el contrato no había sido negociado y que el perfil de los afectados no era el de alguien con conocimientos financieros, por lo que el banco debió extremar su diligencia informativa.

Al cancelar la hipoteca, tras pagar durante cuatro años, los 150.000 euros solicitados para su vivienda se habían convertido en 217.313 al cambiarlos  de yenes a euros

Dice la sentencia que Bankinter intenta desplazar su deber legal de información al hermano coprestatario, «Este planteamiento es un sofisma. Reiteradamente la jurisprudencia ha rechazado este argumento». La razón es obvia para el magistrado: No se sabe que información se procuró en la contratación anterior. Que hubiera cambio de divisa no es sino producto de que el afectado trataba de aminorar las pérdidas por la fluctuación de la moneda.

«En este caso concurre que hay dos prestatarios, y por tanto la parte demandada debe suministrar al prestatario neófito, toda la información precontractual necesaria» y nada de eso está acreditado. Lo que sí está probado es que ante las subidas incesantes en las cuotas (comenzó pagando 535 euros y llegó a los 740) y en el capital (la deuda en agosto de 2012 superaba los 207.000 euros, pese a haber pagado cuatro años, el asociado de ASUFIN sufrió un perjuicio de 81.330 euros al cancelar su hipoteca.

Utilizar documentación posterior a la firma del contrato es una práctica usada por los bancos contraria a la buena fe

En el interrogatorio el coprestatario demostró no conocer el producto: «si se esto, no llevo a mi hermano. El préstamo era para él. Me pusieron de prestatario para concederle el préstamo «. El juez dio verosimilitud a la declaración y no encontró pruebas que acreditaran que Bankinter cumplió sus deberes de información ante un producto complejo como la hipoteca multidivisa para unos consumidores medios.

«No está justificada documentalmente la información verbal que el empleado de la entidad dice suministrada. No existen simulaciones de fluctuación de la divisa con escenarios negativos y en las que se especifique en ese supuesto el capital adeudado es superior al prestado inicialmente». Además, el juez entiende que utilizar como prueba la documentación posterior a la firma del contrato es una práctica que va en contra de la buena fe.

El juez condena a Bankinter a indemnizar al asociado de ASUFIN  por los daños y perjuicios causados

El juez añade que las cláusulas son confusas cuando se dice que la sustitución de la divisa pactada no «supondrá la elevación del límite pactado, para a continuación en unas líneas más abajo expresa que en caso de que el contravalor en euros supere el limite la entidad podrá resolver». Por todo esto, determina que la cláusula multidivisa no supera el control de transparencia y procede a excluirla del contrato.

La sentencia condena a Bankinter a recalcular y rehacer, con exclusión del clausulado multidivisa, los cuadros de amortización del préstamo hipotecario, e indemnizar «al cliente por los daños y perjuicios causados». El fallo, seguramente, será recurrido por Bankinter, pero ya hemos dado el primer paso para hacer justicia.

Felicitaciones para este asociado y para nuestros abogados colaboradores, Loleta Linares y Fernando Gavín. Esta sentencia es muy importante para todos aquellos que sufrieron este abuso pero ya cancelaron su hipoteca, bien como en este caso o bien por dación en pago. Todos pueden y deben reclamar para recuperar el dinero de esta cláusula abusiva que les arruinó la vida. En ASUFIN contamos con un equipo jurídico solvente y comprometido que sigue ganando en tribunales. No dejes de consultarnos.

info@asufin.com

Dirección Letrada: Loleta Linares / Fernando Gavín
Perito: Enrique Mestre
Banco: Bankinter
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF:  Sentencia favorable del JPI101 bis de Madrid

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