Hipotecas multidivisa y familias carry-traders

Las hipotecas multidivisa o de cómo los bancos convirtieron a miles de familias en carry-traders

» Publicado el 27/1/2015 en HelpMyCash

La primera vez que me reuní con un afectado por hipoteca multidivisa fue a finales de 2011. Era un asturiano con 50 años cumplidos, que solo había concluido los estudios obligatorios por falta de recursos familiares–“siendo el mayor de 6 hermanos, mis padres no podían hacer otra cosa”-, trabajador y responsable, que nunca había dejado de pagar sus deudas. Esta persona, mientras relataba su caso, no podía evitar el llanto, a veces de rabia, otras de desesperación. Se preguntaba cómo era posible que habiendo pagado todos los meses, sin retraso alguno, las cuotas de su préstamo hipotecario debiera un 50% más de lo que el Banco le había prestado y estuviera en una situación de riesgo cierto de perder su casa. Como tantos otros que vinieron después, la angustiosa pregunta sin respuesta era: ¿cómo me ha podido pasar algo así?

En ASUFIN, la asociación de consumidores y usuarios que presido desde 2009, estábamos acostumbrados a recibir afectados que nos relataban todo tipo de malas prácticas bancarias, pero desde los afectados por preferentes, nunca habíamos tenido casos que afectasen tanto a la salud psíquica y física: insomnio, ataques de ansiedad, depresiones, etc.. y que tuvieran tanto efectos en las relaciones afectivas y familiares de las personas. Un impacto en la salud que está siendo estudiado científicamente por la Fundación Finsalud de la que tengo el honor de ser Patrona.

¿Qué había ocurrido? ¿Cómo un producto “exótico” como es el préstamo con garantía hipotecaria y cláusula multidivisa había llegado a ser uno más de los productos financieros tóxicos?

Durante los años 2007-2008, cuando el Euribor estaba alcanzando sus máximos y el acceso a la vivienda era cada vez más difícil por la combinación de precios y altos tipos de interés, las entidades se lanzaron a ofrecer préstamos en yenes o en francos suizos a clientes minoristas en general, y a colectivos con relaciones laborales estables, en particular, como pilotos, controladores aéreos… pero también policías, bomberos o, incluso, colectivos de personal de limpieza de los ayuntamientos.

El reclamo era simple: los tipos de interés en Japón o en Suiza eran muy bajos en comparación con los de la zona euro, lo que les permitiría pagar hasta un 30% menos en la cuota mensual. Las entidades hacían aún más atractivo el producto mediante simulaciones en las que sólo se mostraba el gran ahorro mensual si contrataba en divisas: para una hipoteca de 200.000 euros a 30 años, se pagaba una cuota de 915 euros si optaba por francos suizos o de 730 si optaba por yenes frente a los 1.130 euros de cuota de una hipoteca convencional.

Comparación Hipoteca Multidivisa vs Convencional (utilizada por Bankinter).
Comparación Hipoteca Multidivisa vs Convencional (utilizada por Bankinter).

¿Y los riesgos por la variación de los tipos de cambio de las divisa?

Sí, los había, pero, una vez más, todo quedaba reducido a una solución fácil y sencilla. Gracias a la cláusula multidivisa, el cliente podía cambiarse a euros o a otra moneda que le interesara más pagando una pequeña comisión. Para ello, las entidades les ofrecían el apoyo de un asesor experto, en un modelo parecido al de la banca privada, para gestionar la hipoteca. Lo complejo convertido en sencillo. Aquellas personas que firmaban este tipo de préstamos tan “beneficiosos” estaban, sin tener conocimiento pleno de lo que asumían, sometiendo la inversión más importante de sus vidas, la adquisición de su vivienda habitual, a los vaivenes del mercado de divisas, conocido por todos por su volatilidad.

Como se pondría de manifiesto muy pronto, a finales de 2008, la realidad no tenía nada que ver con lo presentado en la fase previa a la contratación. El euro inició un proceso de fuerte depreciación y los clientes empezaron a ver cómo su cuota subía rápidamente mes a mes. Entonces empezaron a acudir a las oficinas habituales de las entidades y descubrieron que lo sencillo era muy complicado y que el prometido “asesor personal” era poco más que un empleado que tenía la tarea de exponerles la cruda realidad: que solo pagando una elevada comisión se podían cambiar a euros, pero que ello implicaba ‘consolidar la deuda’ o, lo que es lo mismo, asumiendo un incremento (entre el  30-50%) de lo que se les había prestado. Desolados, aquellos clientes minoristas, casi siempre solventes con sueldos fijos, estaban atrapados en un préstamo paradoja en el que, aun pagando rigurosamente mes a mes la cuota, cada vez debían más.

Al igual que con las preferentes, la cláusula suelo o las permutas financieras, los bancos sólo informaron a sus clientes de los beneficios del producto. Nadie les dijo que contratando este producto, se estaban convirtiendo en inversores de riesgo, colocando todo su patrimonio en moneda extranjera (yenes o francos suizo, normalmente) y que habían garantizado su posición ni más ni menos que con su vivienda habitual. En un minuto, de policía o bombero a carry-trader y para los siguientes veinte o treinta años. La frase más repetida entre los afectados es “no tengo vida, trabajo para el banco”.

¿Qué pueden hacer los afectados por hipoteca multidivisa?

Desde ASUFIN siempre recomendamos, en primer lugar, intentar llegar a un acuerdo con la entidad, presentando una reclamación formal al Servicio de Atención al Cliente. Sin embargo, las entidades responden con ‘cartas tipo’ en las que trasladan toda la responsabilidad al cliente y, si no está de acuerdo, que acuda al Banco de España. Por su parte, el regulador se está pronunciando a favor de los clientes por considerar que las entidades no han informado adecuadamente de los riesgos de este tipo de hipotecas. Pero, como es conocido, estas resoluciones no son vinculantes, lo que obliga a los clientes a acudir a la Justicia como único medio real de que se resuelva su problema, al igual que ha sucedido con otros productos financieros. Es más que evidente que el sistema de resolución extrajudicial de conflictos entre las entidades financieras y sus usuarios es insuficiente, contraviniendo las recomendaciones de las instituciones comunitarias.
A nadie le gusta acudir a este último recurso. Es caro, lento y no está exento de riesgos. En suma, una carrera de obstáculos. Por ello, bien por miedo a los costes económicos, bien por falta de recursos, apenas un 5-10% de los afectados llegan a demandar y lógicamente no todos ellos ganarán. El resultado es obvio. La entidad, a pesar de que pueda perder judicialmente, sigue obteniendo beneficios gracias a los que no demandan. Les sale a cuenta colocar este tipo de productos.

Desde ASUFIN intentamos que el mayor número posible de afectados puedan, agotadas las vías extrajudiciales, acceder a la justicia y que lo hagan en las mejores condiciones, gracias a las posibilidades otorgadas por las nuevas tecnologías para compartir información, haciendo con ello efectivo el principio de igualdad de armas que es fundamental en todo procedimiento judicial y que resulta tan complicado cuando el demandante es un cliente minorista frente a la entidad financiera.

En los últimos años los tribunales están dando la razón a los clientes de manera mayoritaria.
A pesar de las dificultades, nuestra experiencia nos hacer ser optimistas. En los últimos años, los jueces y magistrados han tenido que resolver miles de casos relacionados con abusos bancarios y lo han hecho, en un 90% de los casos, condenando a la entidad bancaria. En el caso de las hipotecas multidivisa, los inicios en los tribunales han sido más complicados que en otros productos. Ha primado, dicho sea con el respeto debido, el esteorotipo del cliente de multidivisa: cliente de clase media o media-alta que se quiere aprovechar de un producto de “elite” que parece ajeno a la clientela normal. Dicho en una sola palabra: listillos. Son varias las Sentencias de Juzgados de Primera Instancia o de Audiencias Provinciales que han zanjado el debate jurídico apelando a este tópico falso.

Afortunadamente, como ya sucedió con la cláusula suelo, la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 30 junio de 2015 va a suponer un antes y un después. Desde la publicación de la indicada Sentencia, todas las sentencias (de Juzgados y Audiencia) que hemos publicado en nuestra web han sido favorables al cliente. Hemos pasado de un 50% de éxito a casi el 100%.

Se calcula que en España hay más de 70.000 préstamos multidivisa. Este es un cálculo aproximado porque, hasta dónde sabemos, no existe una estadística fehaciente ni en el Banco de España, ni en la Asociación Española de la Banca, el Consejo General del Notariado o el Colegio de Registradores. Este número, aun siendo elevado, no supone un riesgo sistémico para nuestro sistema financiero. Todo lo contrario de lo que sucede en los países del Este y Sureste de Europa donde, según un estudio del BNS, más de la mitad de las hipotecas constituidas lo han sido en moneda extranjera (franco suizo). Por ello, ASUFIN colabora con otras asociaciones de consumidores de estos países para pedir la prohibición de la comercialización de este tipo de hipotecas a clientes minoristas en la Unión Europea (www.fxloans.org). Esta prohibición ya tiene antecedentes en Australia en los 80, Nueva Zelanda en los 90 o Islandia hace unos años.

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