» El Alto Tribunal europeo ha venido a dar esperanza a miles de afectados, como la pareja canaria que estaba pasando por un calvario con la multidivisa contratada con Bankinter
»La nulidad por falta de transparencia, como recoge la sentencia del TJUE del 20 de septiembre, ha sido acogida por los juzgados muy rápidamente y con mucha contundencia.
El Juzgado de Primera Instancia Nº13 de Las Palmas ha tardado menos de dos semanas en aplicar la sentencia del 20 de septiembre del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. Esta sentencia ha sentado jurisprudencia anulando la cláusula multidivisa por falta de transparencia. Los jueces ven mas claro ahora el camino a seguir con las miles de demandas que tienen en sus despachos.
Los afectados, una pareja canaria que solicitó un préstamo de 120.000 euros para adquirir su vivienda habitual en 2008, afrontan el futuro con mas tranquilidad.La primera batalla contra Bankinter la han ganado.
Cuando el banco les ofreció la posibilidad de este tipo de hipoteca no les advirtió de los riesgos, es más, los omitió deliberadamente.
En la simulación hecha por el banco en un papel destacaba en negrita: «ahorro total», pero 8 años después perdían cerca de 70.000 euros
El empleado de Bankinter, en un papel, realizó simulaciones y comparativas entre distintas divisas y el euro. En concreto, en la referente a yenes escribió en negrita: ahorro total. De lo que no informó fue de que las variaciones podían llevarles sino a una «pérdida total», si a una gran pérdida, como sucedió.
El tiempo jugó en contra de esta pareja canaria, que ilusionada había elegido lo que creía mejor fórmula para iniciar su vida en común desahogadamente. Lo cierto es que años después, los jóvenes tenían unas pérdidas cercanas a sesenta mil euros si comparaban su préstamo con uno en euros.
Decididos a demandar, cuando ya su situación era insostenible, Bankinter explicó que debían menos porque debían menos «yenes». Pero lo cierto es que según el informe pericial la pareja había amortizado mas de 35.000 euros sin contar intereses y su deuda no había menguado, era de 125.000 euros. Y hablamos de euros, porque euros fue lo que se les entregó.
El juez, que demostró estar muy atento a la actualidad jurisprudencial, no dudó en citar la sentencia del TJUE del 20 de septiembre, sobre la que comenzó a fundamentar su fallo. Para él no quedó probado que Bankinter hubiera comunicado toda la información pertinente a los afectados. Esto impidió que puedieran valorar las consecuencias de un producto complejo, como es la multidivisa.
Es más, el juez destaca que la entidad ni siquiera ha intentado acreditar con un mínimo rigor jurídico la exigencia de transparencia obligatoria. Cualquier ciudadano sabe, al contratar su hipoteca, que las cuotas pueden variar debido a los intereses, pero casi ninguno entiende que su deuda pueda incrementarse. Los que asumen este riesgo, continúa el juez, tienen antes que conocerlo y estar informados, algo que en este caso no se ha hecho.
Por tanto, procede a la nulidad de la cláusula multidivisa y condena a Bankinter a un recálculo completo del préstamo en euros desde su contratación. Así mismo, condena a la entidad a referenciar el crédito al euribor y a costear todas las modificaciones pertinentes.
Desde ASUFIN felicitamos tanto al letrado como a los afectados por este éxito que es de todos. Nos alegra que los jueces hayan acogido con tanta prontitud esta sentencia del TJUE que ha venido a proporcionar argumentos jurídicos tan necesarios para la lucha contra los abusos bancarios
Dirección Letrada: José Manuel Melián Monzón
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista
Pdf: S_171002_BANKINTER_JPI13_LAS_PALMAS_HMD_PART_SIN