» La sentencia señala de manera clara la falta de transparencia de la entidad, así como la inexistencia de una oferta vinculante por escrito
» La Audiencia Provincial de Madrid confirma la sentencia dictada en primera instancia y condena a Bankinter
El fallo en primera instancia estimaba la demanda de los afectados sobre la nulidad parcial de contrato de préstamo con garantía hipotecaria, declaraba la nulidad parcial del mismo y declaraba que la cantidad adeudada es el saldo vivo de la hipoteca referenciada a euros, con los gastos que de ella se derivasen, así como el pago de costas procesales.
Bankinter afirma la inviabilidad de la pretensión de nulidad de la cláusula multidivisa y de la misma manera, insiste en la naturaleza jurídica del préstamo, alegando que se trata de un préstamo hipotecario con obligación de pago en moneda extranjera, y no de un derivado implícito o explícito. Al mismo tiempo alega que el riesgo de contratación del préstamo en divisas era conocido por los demandantes.
La sala se pronuncia sobre las Hipotecas Multidivisa diciendo que han sido objeto de diferentes resoluciones judiciales que han destacado la considerable complejidad que las mismas entrañan para clientes minoristas sin la adecuada formación financiero.
Del mismo modo, señala que los afectados no son expertos financieros y carecen de conocimientos precisos y cualificados para contratar dichos instrumentos, no habiéndose facilitado a los mismo un folleto informativo del producto que contrataron ( ) Y tampoco resulta acreditado que la entidad demandada realizara por escrito una oferta vinculante del préstamo que, incluso, hubiera permitido a los demandantes buscar un asesoramiento de terceros sobre la conveniencia del producto
El juez desestima el recurso de apelación interpuesto por Bankinter y confirma la sentencia dictada en primera instancia, condenando a la entidad financiera a las costas de alzada que ha ocasionado este procedimiento.
Dirección Letrada: Patricia Gabeiras
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Particular
Pdf: S_160912_BANKINTER_AP13_MADRID_CONFIRMA_150506_JPI2_ALCORCON_HMD_SIN
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