» El director de la sucursal solamente vendió las bondades de este préstamo, llegando a afirmar que si su hijo pidiera una hipoteca, también le vendería una multidivisa
» La sentencia declara la nulidad de la hipoteca multidivisa, la cláusula de vencimiento anticipado y los gastos de notario y de registro
Las afectadas son tres hermanas, socias de ASUFIN, suscribieron una hipoteca destinada a una vivienda para su madre. El contrato fue firmado el 08/08/2008 con Caja Castilla, ahora Banco Popular por 164.226. Una de las hermanas era por aquel entonces tripulante de cabina aérea y trabajaba para Iberia. Tan solo unos meses antes había suscrito una multidivisa para su vivienda habitual; un producto que conoció a través de su sindicato, mediante el cual la entidad realizaba captación de clientes proponiendo unas condiciones inmejorables.
De este modo, se informaron de este préstamo en 2 sucursales diferentes. Ambos corroboraron los beneficios, bondades y ventajas de este tipo de préstamo. Un primer director de sucursal llegó a afirmar que si su hijo pidiese un préstamo hipotecario, él le vendería una multidivisa. Sin embargo, tras años pagando su cuota, comprueban como nada de lo que les vendieron fue cierto. Al contrario, su deuda y cuotas no habían hecho más que aumentar. Así, ante la imposibilidad de abonar una cuota tan alta, deciden realizar un cambio de divisa. Una operación que tenía como única la única finalidad de palear los perjuicios que les había causado este préstamo.
Por su parte, la entidad alegaba que la afectada, empleada de Iberia, ya había recibido la información correspondiente a la multidivisa; por lo que cuando contrató junto a sus hermanas la hipoteca para su madre, ya era consciente de los riesgos. Sin embargo, la misma empleada de la entidad declaró que no realizó las simulaciones sobre la posible evolución del producto. Y que esto no se hizo por la constante fluctuación de la moneda y que no podía saber la evolución que tendría la divisa.
Tras 8 años en los que las afectadas han abonado más de 64.210,64, ahora deben 177.022,40. El perjuicio causado a fecha de interposición de la demanda se ha fijado en 83.595,52.
La jueza considera que estamos ante un producto complejo y no propio de un cliente minorista. Además, no se aprecia, tanto en la documental como en la testifical, que la entidad haya cumplido con sus deberes de información; por lo que no cumplió su deber de transparencia y diligencia para con sus clientas. Por todo esto, declara abusivas y abusivas las cláusulas referidas al contenido multidivisa, de gastos hipotecarios y de vencimiento anticipado. En cuanto a los gastos hipotecarios, considera abusivas, por falta de reciprocidad, las cláusula que impone los gastos de notario y del registro de la propiedad.
La cantidad adeudada será el saldo vivo del préstamo, resultante de disminuir al total importe prestado la cantidad amortizada. Deberá recalcularse el préstamo desde su inicio en euros. En virtud de esto, el banco restituirá las cantidades percibidas en exceso por las cuotas devengadas, con sus intereses correspondientes.
En los casos de Hipoteca Multidivisa es especialmente relevante la elección del abogado. Estamos muy agradecidos con nuestro abogado colaborador Francisco de Asís Roldán Garrido por conseguir esta victoria para los consumidores. Pon tu defensa en las mejores manos: ASUFIN es una asociación de consumidores comprometida y con calidad jurídica contrastada
Dirección Letrada: Francisco de Asís Roldán Garrido
Perito: David Muntané
Banco: Banco Castilla, ahora Banco Popular
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista /Socio ASUFIN
Pdf: S_170714_BCASTILLA_BPOPULAR_JPI44_MADRID_HMD_GASTOS_ASUFIN_SIN