Hipoteca Multidivisa: Un abogado colaborador de ASUFIN gana a Bankinter en Cangas de Onís

» El juzgado estima íntegramente la demanda, declarando nulo todo lo referido a las cláusulas multidivisa
» La entidad debe cumplir con unas ciertas obligaciones respecto a la información aportada al usuario

El préstamo hipotecario multidivisa fue suscrito el 28 de agosto de 2008; posteriormente se produjo una novación en diciembre de 2012. Fue recomendado por un agente de Bankinter, el cual ofreció esta modalidad porque sería más ventajosa que un préstamo al uso. Los afectados eran uno empresario, y la otra funcionaria; por lo que no consta ninguna formación financiera-bursátil. No poseían entendimiento referido a la multidivisa, y en general no tenían conocimientos financieros; por lo que se les considera clientes con perfil minorista.

Esto conlleva que la entidad debe cumplir con unas ciertas obligaciones respecto a la información aportada al usuario. No consta que fuera entregado ningún folleto, ni que se hiciera una simulación al cliente para que este pudiera comprender los riesgos a los que se enfrentaba contratando dicho producto. El banco no ha podido demostrar que aportara una información completa y suficiente al demandante.

El juzgado estima íntegramente la demanda, declarando nulo todo lo referido a las cláusulas multidivisa; por error en el consentimiento. Condena a Bankinter a recalcular el préstamo desde la fecha de suscripción hasta la actualidad en euros, aplicando como tipo de interés el Euribor.

En los casos de Hipoteca Multidivisa es especialmente relevante la elección del abogado. Estamos muy agradecidos con nuestro abogado colaborador Juan Rodríguez- Ovejero Sánchez Arévalo por conseguir esta victoria para los afectados.


Dirección Letrada: Juan Rodríguez-Ovejero Sánchez-Arévalo
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Particular
Pdf: S_170502_BANKINTER_JPIEI1_CANGAS_DE_ONIS_HMD_PART_SIN

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