» Bankinter jamás advirtió a la socia de ASUFIN, médico de profesión, que su capital podía aumentar aunque pagara la cuota mes a mes
» Un déficit de información que significa la nulidad parcial del préstamo multidivisa su recálculo en euros desde el inicio
La socia de ASUFIN, médico de profesión, firmó su préstamo hipotecario con Bankinter el 19/06/2008 por importe de 195.000. El tipo de hipoteca era de la modalidad multidivisa y estaba referenciada al franco suizo. Así las cosas, la demandante supo de esta hipoteca a través de un conocido, que era cliente de Bankinter. La demandante ya tenía una hipoteca anterior de elevado coste con otra entidad y acudió a la sucursal porque conocía a una comercial, que fue quien le vendió el producto.
De este modo, solo le explicaron las ventajas de este préstamo y que la cuota mensual sería inferior que la de una hipoteca tradicional. Además, le dijeron que el franco suizo era una moneda fuerte y estable, y que no tendría consecuencias en cuanto a la fluctuación de la moneda. Sin embargo, años después de pagar la cuota todos los meses, se encuentra con que su deuda ha incrementado.
Ante esto, la entidad argumenta que la cliente sí conocía estos riesgos. Pero tras el informe pericial, se concluye que la información recibida por la afectada fue parcial y sesgada. Riesgo que, de haber conocido, hubiera significado que jamás habría contratado una hipoteca como esta; ya que le ha ocasionado una pérdida de 86.95772 en comparación a un a un préstamo en euros.
En este sentido, la sentencia señala que el asesoramiento previo fue muy deficiente y que no le ofrecieron alternativa alguna sobre el cambio de tipos de hipoteca. Así, era obligación de Bankinter el proporcionar una información precontractual clara y que permitiera al cliente conocer el riesgo al cual se estaba sometiendo. Del mismo modo, no consta ni la entrega del folleto informativo ni de la oferta vinculante de forma escrita. Esto era algo muy importante ya que, como se demostró, la demandante no era experta financiera.
Para la jueza, el déficit e información ofrecida por Bankinter resulta evidente, por lo que procede declara la nulidad parcial del préstamo. En particular, no ofreció a la demandante una información «clara, correcta, precisa, suficiente y entregada a tiempo». En consecuencia, la entidad incumplió la obligación de comportarse con diligencia y transparencia para con su cliente. Por tanto, el préstamo la cantidad adeudada es el saldo vivo de la hipoteca referenciado a euros. Este es el resultado de disminuir al importe prestado en euros, la cantidad amortizada en concepto de principal e intereses.
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Dirección Letrada: Ignacio Delgado Larena-Avellaneda
Perito: Julio Cesar Calvo
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista / Socio ASUFIN
Pdf: S_170612_BANKINTER_JPI67_MADRID_HMD_ASUFIN_SIN