INVERSA: Un fraude para jubilados firmado por el BBVA (parte 2)

» El BBVA pierde en Madrid al quebrantar su deber de información por un producto tóxico comercializado a un octogenario
» El juez da la razón al demandante, heredero del afectado fallecido en 2013, por una Hipoteca Inversa y un seguro vitalicio colocado a su padre
» VER TODAS LAS SENTENCIAS – HIPOTECA INVERSA

Una entidad mediadora se acercó a una residencia de ancianos para comercializar Hipotecas Inversas a sus residentes. En el caso que nos ocupa, un señor de 85 años  y con escasa esperanza de vida, accedió a firmar una Hipoteca Inversa además de un seguro «Renta Diferida» con una prima de 200.000€. El anciano empezaría a disfrutar de la renta a la edad de 93 años, es decir, en el 2021. Llama la atención que el notario y los apoderados de la entidad se trasladaron a la propia residencia para la firma de ambos productos y que la entidad mediadora se quedó una comisión del 1%.

Al fallecer en 2013 a causa de un cáncer, el heredero denunció el sinsentido de esta operación onerosa que garantizaba el cobro de una renta vitalicia al menos durante los próximos 9 años, cuando solo le quedaban al afectado unos pocos meses de vida.

El banco no pudo aportar ninguna prueba por lo que el juez estima íntegramente la pretensión del hijo del afectado, ahora demandante. Por ello, el juez declara la nulidad del préstamo Hipoteca Inversa junto con el contrato de seguro vinculado a la misma y todos los actos posteriores.

En consecuencia, la demandada deberá abonar al hijo del afectado 297.451,69€ correspondientes al préstamo para el pago de la prima del seguro. Del mismo modo, devolverá los gastos externos de cancelación del préstamo que suman 871,05 €; y la pérdida patrimonial correspondiente a la venta por un importe muy inferior a la tasación correspondiente a 366.204€. A todo ello se le suman los intereses legales correspondientes desde la fecha de la interposición de la demanda y las costas procesales.


Dirección Letrada: Jorge Fuset
Perito: Carlos María de Anta

Banco: BBVA
Producto: Hipoteca Inversa y Seguro de Rentas Diferidas
Perfil: Particular
Pdf: S_161028_BBVA_JPI44_MADRID_HIPOTECA_INVERSA_SEGURO_RENTA_DIFERIDA_PART_SIN

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La «Hipoteca Inversa» es un préstamo o crédito hipotecario en virtud del cual el propietario de la vivienda realiza disposiciones periódicas, o en forma de cobro único hasta un importe máximo. Este máximo viene determinado por un porcentaje del valor de tasación del inmueble en el momento de constitución del préstamo.

De este modo, al alcanzarse dicho porcentaje, se deja de disponer de la renta aunque la deuda sigue generando intereses. Esta hipoteca debe ser concedida por una entidad de crédito o una entidad aseguradora; siendo un producto destinado a personas de más de 65 años o afectados de dependencia severa.

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2 comentarios

  1. Maria Consuelo Sanchis Aparicio dice:

    Buenas noches: Me dirijo a ustedes para efectuarla una pregunta, un familiar mío, tiene una cantidad de tierras en plena producción de olivos, mi pregunta es la siguiente, podría solicitar una hipoteca inversa sobre los citados campos?.
    Que muy agradecida de antemano y les saludo atentamente.

    1. Buenas noches, dependerá de la entidad financiera que, previo estudio, ofrecerá o no este producto. En general, en ASUFIN recomendamos estudiar cuidadosamente las condiciones de la hipoteca que se suscribe. En el caso de la hipoteca inversa, además, no es un producto sencillo y hay que comprender bien su funcionamiento antes de contratar. Un saludo

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