ENTREVISTA: ‘En el momento de la contratación no se explicaban suficientemente las consecuencias de hacer uso de las tarjetas revolving’

«El préstamo revolving es un tema que preocupa mucho en Europa».

Patricia Suárez es entrevistada por la revista Help My Cash donde explica las consecuencias de las tarjetas revolving y la inminente sentencia del Alto Tribunal para decidir si este tipo de tarjetas son usureras. Por Javier Mezcua

El organismo pondrá fin así a una polémica que lleva tiempo girando en torno a las tarjetas revolving (durante los últimos años la justicia española ya ha tramitado un puñado de denuncias sobre este tema). La sentencia del Tribunal Supremo «marcará el devenir de todas las que se fallen en esta materia», ha recordado Suárez.

HMC: ¿Qué podemos esperar de la próxima sentencia del Tribunal Supremo?

Patricia Suárez: Seguramente el Supremo vuelva a remitirse a las estadísticas del Banco de España para determinar el carácter usurario del tipo de interés aplicado. La duda está en si se basará en los datos del préstamo al consumo, en general, o en los de las tarjetas de crédito en particular tal y como viene haciendo el regulador desde 2017. Las Audiencias Provinciales de Madrid y Alicante se vienen negando a distinguir, favoreciendo así a los consumidores y declarando desproporcionado el interés aplicado. Por todo ello, desde ASUFIN defendemos desde hace tiempo una tesis alternativa al tema del carácter usurario del tipo de interés, concretamente, al igual que el Banco de España consideramos sumamente complejo el mecanismo de liquidación y amortización de la deuda y nos centramos en la falta de transparencia con la que se hicieron las contrataciones, y de hecho alguna sentencia de primera instancia ya ha recogido este criterio a favor de nuestros asociados.

HMC: ¿Podríamos esperar una nueva ley que regule los intereses máximos por los que se rigen las tarjetas revolving?

PS: De hecho, el Ministerio de Economía tiene previsto publicar la modificación de la Orden EHA/2899 de 2011 que pretende la mejora de la contratación de estos productos y para cuya elaboración desde ASUFIN hemos presentado alegaciones. En la Orden no se limita el tipo de interés, pero sí el plazo de pago, al elevar el porcentaje mínimo de amortización al 25%, lo que restringe enormemente los intereses que se pagan por la deuda. Además, añade mejoras como la obligación de evaluar la solvencia del prestatario o de informar al cliente de manera clara antes y después de la contratación. En ASUFIN hemos presentado algunas propuestas de mejora como la penalización a la entidad en caso de incumplir o la necesidad de aportar simulaciones para que el consumidor comprenda mejor el funcionamiento de estos préstamos.

HMC: ¿Cómo afectará a todos los clientes que actualmente tienen causas abiertas contra las tarjetas revolving?

PS: La sentencia del Tribunal Supremo que se espera para el 26 de febrero marcará el devenir de todas las que se fallen en esta materia. Sienta jurisprudencia y todas las instancias tendrán que seguir su criterio.

HMC: ¿Podría haber reclamaciones en masa? 

PS: Hay muchos afectados por este tipo de producto que desconocen que el aumento de la deuda que tienen que amortizar se debe al mecanismo revolving. En muchos casos, en el momento de la contratación, no se explicaba suficientemente las consecuencias de hacer uso del crédito de esta tarjeta. Es muy probable que con la Sentencia muchos afectados se animen a reclamar. En ASUFIN estamos a la espera para decidir si iniciamos acciones colectivas para expulsar estas cláusulas abusivas del mercado.

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HMC: ¿Esta sentencia a qué tipo de tarjetas afectará?  

PS: La mayoría de las tarjetas combinan varios servicios en un mismo plástico: acumulación de puntos de fidelización, pago a fin de mes y disposición de crédito (revolving). La sentencia afectará a las disposiciones de crédito que se hayan hecho bajo la modalidad revolving, es decir, aquella que habilita una línea de crédito para el cliente permanentemente abierta y con la posibilidad de pactar el pago de una cuota muy reducida. El resto de los servicios no están siendo cuestionados y, por tanto, no se verán afectados.

HMC: ¿Tenéis estimaciones de cuánto dinero tendrían que devolver las entidades de crédito?  

PS: No tenemos esos datos, pero tras la sentencia las entidades financieras se verán obligadas a informar a la CNMV como lo hicieron con la cláusula suelo y lo tendrán que hacer con el IRPH.

HMC: ¿Cómo es la situación en otros países europeos?

PS: El préstamo revolving es un tema que preocupa mucho en Europa y está siendo tratado en la revisión de la Directiva de Préstamos al Consumo por la Dirección General de Justicia (DG JUST). En ASUFIN hemos participado en varios encuentros como miembro de Finance Watch y, junto con otras asociaciones de consumidores de Bélgica, Alemania, Rumanía, etc., hemos expresado nuestra inquietud y hemos pedido medidas para evitar el sobreendeudamiento.

HMC: ¿Una sentencia que declare el tipo de interés una usura afectaría a otros productos similares que no sean tarjetas u incluso comercializados por entidades que no sean bancos? 

PS: Sin ninguna duda en tanto que el Tribunal Supremo marcará las pautas que han de tenerse en cuenta para valorar la usura y la transparencia en este tipo de operaciones.

PDF – ENTREVISTA HELP MY CASH – 19.02.20

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