El matrimonio gaditano, ambos con 78 años al contratar las Preferentes con Bankia, perdió en primera y segunda, pero el Tribunal Supremo ha revocado ambas sentencias. El marido, ya fallecido, no podrá disfrutar ya de los 147.000 euros recuperados.
La sentencia, fallada el 24 de octubre por el Tribunal Supremo, considera que el banco no ofreció la información necesaria a los dos ancianos para que tomaran la decisión adecuada, por lo que se produjo un error de vicio en el consentimiento.
En los años 2009 y 2010, este matrimonio gaditano cercano a los ochenta años, contrataron con Caja Madrid, hoy Bankia, participaciones Preferentes y Deudas Subordinadas por valor de 147.000€. En ese momento, el marido ya estaba aquejado de un déficit cognitivo que, posteriormente, fue diagnosticado como Alzhéimer.
La pareja compró preferentes por valor de 147.000 euros aconsejada por empleados de Caja Madrid, en quienes confiaban.
La entidad no les practicó el test de idoneidad, pese a que los empleados fueron los encargados de darles asesoramiento y recomendarles el producto. La pareja sólo había contratado con anterioridad bonos, depósitos a plazo fijo y acciones.
Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Cádiz consideró al marido, ya fallecido, con capacidad suficiente y conocedor de productos similares. Además, valoraron ambas instancias el test de conveniencia realizado y aportado en fotocopia, sin firma del matrimonio.
Los magistrados del Tribunal Supremo, por el contrario, han entrado a valorar el perfil de los contratantes: ambos septuagenarios, jubilados y con estudios primarios. Del mismo modo, han sopesado que los únicos test de conveniencia aportados contienen una de dos páginas sin firmar y la inexistencia de test de idoneidad.
El marido padecía una disfunción cognitiva, diagnosticada años después como Alzhéimer. Murió antes de conocer el resultado de su lucha.
En la sentencia se destaca que los afectados no pueden ser considerados portadores de conocimientos financieros cuando no habían adquirido con anterioridad productos similares.
El ponente, Don Francisco Javier Arroyo Fiestas, entiende que se han vulnerado los deberes de información y que se ha producido un claro error de vicio en el consentimiento. Por tanto, estima íntegramente el recurso de casación y condena a Bankia a devolver a la viuda y los herederos los 147.000 € con los intereses legales desde la fecha de suscripción del contrato.
Muchos afectados aceptaron la oferta de los bancos. Otros, se negaron a perder un porcentaje de su dinero y fueron a tribunales. Esta pareja peleó hasta el Tribunal Supremo.
Los afectados devolverán a la entidad los títulos, así como los intereses percibidos, incrementados con el interés legal. Todo ello, con condena expresa a Bankia de imposición de las costas causadas.
Celebramos que el Tribunal Supremo haya dado la vuelta a dos sentencias manifiestamente injustas. Es importante contar con el Alto Tribunal en la protección de los particulares, no inversores profesionales, cuando han adquirido productos complejos sin la información adecuada.
Dirección Letrada: Jóse Luis Órtiz Miranda
Banco: Caja Madrid/Bankia
Producto: Preferente
Perfil: Minorista
Pdf: Descargar Sentencia del TS que revoca la AP y el JPI de Cádiz