El Tribunal Supremo anula un contrato de swap del Banco Santander

  • El Tribunal Supremo continua su doctrina sobre la información que debe ser facilitada al cliente minorista

  • El Santander tendrá que devolver más de 40.000 euros al cliente así como el interés legal

» nota de prensa del Tribunal Supremo

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que anuló un contrato de swap del Banco Santander al considerar que la entidad incumplió el deber de información al cliente minorista. La ficha del producto financiero que le facilitó al cliente y que supuestamente era suficientemente explicativa, resultó incomprensible para un cliente no experto.

La información que la entidad bancaria suministró a su cliente es, literalmente, la siguiente: “Los flujos de la presente operación son equivalentes a la contratación de una permuta financiera de tipos de interés, más la venta de una opción floor con barrera knock-in por parte del cliente más la compra de una opción cap por parte del cliente”.

La desestimación del recurso del Banco Santander y la consiguiente confirmación de la sentencia de la Audiencia tinerfeña supone que la entidad deberá devolver a su cliente los 42.645,91 euros invertidos en el citado producto en 2008, más los correspondientes intereses legales.


DESCARGAR SENTENCIAS
1º INST: s_110516_santander_jpi5_sct_pyme_sin.pdf
2ª INST: S_120409_SANTANDER_AP4_SANTACRUZDETENERIFE_CONFIRMA_….pdf
3ª INST: STS_151015_BSANTANDER_CONFIRMA_….pdf

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