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Confirmada la condena a CatalunyaCaixa en la Audiencia de Barcelona

Condenado nuevamente el banco CatalunyaCaixa por la colocación de una permuta financiera. La sentencia, emitida por la Audiencia de Barcelona, afirma que la información bancaria brilló por su ausencia.

CatalunyaCaixa deberá devolver el dinero de las liquidaciones resultantes y proceder a la cancelación del contrato de una permuta financiera que una pequeña empresa firmó con ellos. Así lo ha sentenciado la Audiencia Provincial de Barcelona, confirmando la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 8 de la capital catalana.

La sección octava de la Audiencia afirma que la información de CatalunyaCaixa sobre un incremento en los tipos por encima de la barrera límite “brilló por su ausencia”. Por ello, los magistrados consideran que la empresa cometió un “claro error sobre un elemento esencial del contrato” lo que le convierte en un “error excusable”.

Para los magistrados, la información que la entidad bancaria prestó a la PYME no fue la correcta pues sin “la información adecuada y comprensible del objeto y causa del contrato” no puede la entidad culpar al cliente. Además, el banco le presentó el producto en la ventanilla del banco cuando iba a realizar otras gestiones completamente diferentes. Para los magistrados, “el motivo decae” de esta forma.


Dirección letrada: Marcos Almazor Arias

Banco: CatalunyaCaixa, S.A.U (Caixa Catalunya)

Producto: Swap

Perfil: PYME

PDF 1ª instancia: S_110428_CAIXACAT_JPI8_BARCELONA_PYME_SINXS.pdf

PDF Audiencia: S_130207_CCAT_AP11_BARCELONA_CONFIRMA_110428_JPI8_BARCELONA_PYME_SIN.pdf

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