Condena en Alcoy para Banco Santander

El cliente adquirió la permuta como condición para la adquisición de una póliza de descuento para su empresa. Los empleados del Santander declararon que desconocían cómo se calculaba el coste de cancelación.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Alcoy ha estimado la nulidad de un contrato swap suscrito por una pyme en 2008 por la existencia de error y vicio en el consentimiento.

El cliente suscribió el IRS como un producto incluido dentro del Contrato Marco de Operaciones Financieras de una póliza de descuento que contrató con Banco Santander para financiar su empresa. El director de la sucursal le aseguró que con el swap se aseguraba unos costes estables de financiación, y que debido a la situación al alza de los tipos era una buena opción.

Durante la contratación hubo ciertas irregularidades que apuntan a una falta de diligencia hacia el cliente, minorista, por parte de Banco Santander.

Una de ellas fue la propia suscripción del contrato: el administrador de la empresa acordó verbalmente la adquisición del producto, comenzando inmediatamente este a emitir liquidaciones. Pero no fue hasta un año después cuando el banco solicitó que el cliente acudiera a las oficinas a firmar el contrato, y medio año más tarde, tras la petición del cliente, el banco dio una copia del contrato suscrito. La Juez no ha podido garantizar estos hechos irregulares ante la falta de carga probatoria pero que no descarta y apunta a las malas prácticas durante la contratación.

Además, haciendo evidente la falta de cuidado hacia los intereses de un cliente minorista, la entidad no realizó test de idoneidad. Tan solo hizo un test de conveniencia con cinco sencillas preguntas que al parecer de la Juez, son insuficientes para evaluar la adecuación de un producto financiero tan complejo.

Asimismo, ni los empleados de la sucursal ni el contrato advertían sobre la existencia de coste de cancelación. El director de la sucursal afirma que si se expuso, pero admite que no se explico la formula por la cual se calculaba porque «para eso estaba el departamento de tesorería».

Por último, el swap se suscribió para todas las operaciones financieras del administrador de la empresa, no solo para la póliza de descuento solicitada para la empresa -razón por la que se suscribió la permuta-, por lo que el valor nominal de la permuta era mayor que el riesgo CIRBE de la empresa.


Dirección Letrada: Luis Montesinos Gonzalvo
Banco: Banco Santander
Producto: Swap
Perfil: Pyme
PDF: S_121105_SANTANDER_JPIEI3_ALCOY_PYME_SIN.pdf

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