Condena a Bankpyme por comercializar preferentes islandesas y alemanas

No informó de ninguno de los riesgos, ni la procedencia, de las participaciones preferentes que el cliente adquiría por valor de medio millón de euros.

El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Zaragoza ha estimado la nulidad de las participaciones preferentes procedentes de un banco islandes (Kaupthing Bank), escocesas (Royal Bank of Scotland) y alemanas (Deutsche Bank) comercializadas por Bankpyme. La entidad no informó de las características, riesgos y procedencia de los valores adquiridos, por lo que se ha condenado a la devolución de los cerca de 50.000 euros invertidos.

La afectada, contrató las participaciones después de que el empleado de la sucursal recomendara los productos como una inversión segura de alta rentabilidad. Bajo criterio del Juez, la entidad actuó de manera negligente al no transmitir una información completa en términos de cantidad y calidad al cliente. El propio gestor del banco que llevó la suscripción, desconocía una gran parte de la información sobre el producto.

Asimismo, el propio empleado del banco ha admitido que existía una relación de confianza y que aconsejaba y asesoraba al demandante, ya que este no tenía conocimientos financieros.

Para el Juzgado, la información precontractual fue extremadamente deficiente para un producto tan complejo como las participaciones preferentes, y  en vista del desconocimiento del empleado sobre el producto y admitida su actuación como asesor del afectado, solo se puede declarar que este último no tenía ningún conocimiento de qué estaba firmando cuando contrató las participaciones preferentes.


Dirección letrada: ALVARO GARCIA GRAELLS
Perito: Prosper Lamothe Fernández.

Banco: Bankpyme.
Producto: Preferentes.
Perfil: Particular.
PDF: S_131029_BANKPYME_JPI10_ZARAGOZA_PREFERENTES_ISLANDIA_PART_SIN.pdf

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