El Juzgado de Primera Instancia número 2 de El Puerto de Santa María ha estimado la nulidad de un contrato swap comercializado por Bankinter. El afectado, un particular, suscribió el producto bajo error y vicio en el consentimiento debido a una falta de información y transparencia acerca del riesgo y funcionamiento de la permuta.
El motivo de la condena ha sido el hecho de que Bankinter presentara a los clientes el producto como un seguro que fijaba el tipo variable de la hipoteca, protegiéndoles de las subidas del Euribor.
Por tanto, al desconocer los riesgos que implicaba el producto, el cliente no tuvo pleno conocimiento de qué firmaba, por lo que el contrato ha sido declarado nulo y Bankinter deberá reembolsar las liquidaciones negativas ejecutadas.
Dirección Letrada: Enrique Benítez Caucelo.
Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF:S_150219_BANKINTER_JPI2_ELPUERTODESTAMARIA_SWAP_PART_SIN.pdf