¿Has financiado la compra de tu coche? ¡Cuidado! Estos contratos pueden incluir cláusulas abusivas

Si financias la compra de tu coche te saldrá más barato que si lo pagas al contado”, ¿te suena este reclamo? Mucho ojo porque tu contrato puede contener cláusulas abusivas  

Si financias la compra de tu coche te saldrá más barato que si lo pagas al contado”, “te regalamos el seguro del primer año y los cuatro primeros mantenimientos”… ¿te suenan estos reclamos? Si tú también te has visto forzado a financiar con tu concesionario la compra de tu coche, mucho ojo porque tu contrato puede contener cláusulas abusivas.  

Y mucho cuidado porque financiar no necesariamente significa que comprar el coche con esta financiación sea más barato que pagándolo al contado. Para saber el precio del coche teniendo en cuenta el coste de su financiación, hay que fijarse en el precio total a plazos, que incluye todos los pagos que realizamos por el coche y por su financiación, es decir: la entrada, las comisiones y gastos de la financiación, las cuotas mensuales y la cuota final, en el caso de que la hubiera. 

El principal problema con la financiación de coches en concesionarios radica en la falta de transparencia: no te explican de forma adecuada los intereses que vas a pagar, los seguros que tienes vinculados o gastos adicionales que estás pagando.  

En tu contrato puede haber:  

  • Seguros de vida o protección de pagos que no pediste y que han incorporado al contrato. Hemos podido comprobar que, en muchos casos, el cliente no elige libremente contratar el seguro, sino que se le presenta como una condición necesaria para obtener la financiación, lo cual vulnera su derecho a contratar de manera informada y voluntaria. Además, a menudo no se explica que estos seguros son opcionales, ni se entrega una copia de las condiciones, ni mucho menos se le permite comparar con pólizas externas más baratas. Incluso hemos encontrado casos en que el consumidor desconoce la existencia del seguro o con qué compañía lo tiene contratado. Muy a menudo, el importe de estos aseguro está sumado al capital, de modo que devenga intereses hasta el final del mismo. 
  • Comisión de apertura. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo español han establecido que esta comisión solo es válida si la entidad puede acreditar que responde a servicios efectivamente prestados y negociados con el cliente y siempre que esté advertida de antemano. Los porcentajes de mercado de la comisión de apertura para la financiación de coches se sitúan entre el 1 % y el 3 % del importe del préstamo. Por encima de esa cantidad , unido a la falta de información, se puede considerar nula por abusiva. Además en TODOS los casos que hemos revisado, se suma al capital y devenga intereses durante toda la vida del préstamo, incrementando innecesariamente el coste del mismo.
  • La TAE (Tasa Anual Equivalente) refleja el coste real del crédito, incluyendo intereses y comisiones. Si la TAE es notablemente superior al interés medio del mercado en la fecha del contrato, puede considerarse usuraria, de acuerdo con la Ley de Represión de la Usura de 1908 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo. En ese caso, el contrato puede ser declarado nulo por usurario. La jurisprudencia mayoritaria entiende que concurre usura en estos préstamos cuando la TAE es el doble de la media del mercado o se le aproxima.
  • Otras comisiones, como la de gastos por reclamación de posiciones deudoras, que han sido declaradas nulas por abusivas por el Tribunal Supremo.
  • Mucho ojo también con el propio diseño del préstamo: hemos podido observar que en la mayoria de los contratos se pagan intereses toda la vida del préstamo y en la cuota final, se paga una cuota igual al importe de compra venta del vehículo. Es importante hacer cuentas antes de lanzarse a comprar un coche, y pensar no solo en la cuota inicial y las mensuales, sino también en la última cuota de elevado importe. Estas prácticas pueden considerarse abusivas o contrarias a la normativa de crédito al consumo, especialmente si el cliente no fue informado adecuadamente o se le indujo a error al momento de aceptar la financiación. 

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