Abordamos nuestros derechos frente a las comisiones bancarias: qué cargos me pueden pasar y cuáles no, y son reclamables
Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, nos da las claves para alquilar vivienda en “Por fin” en Onda Cero con Jaime Cantizano. Dejamos por aquí sus consejos para que, si no has podido escucharlo, descubras todo lo que necesitas saber sobre las comisiones bancarias.
Lo primero que tienes que saber es claro: que tu entidad no te cobre una comisión, no quiere decir que no te esté cobrando por ello.
Reflexiona sobre los productos adicionales que tiene contratados para evitar el pago de esa comisión. Cada vez son más las condiciones que nos ponen, nos atan cada vez más.
Algunas entidades han elevado el umbral de ingresos recurrentes, pero también nos encontramos con:
- Es muy usual que tengamos que hacer un uso intensivo de la tarjeta.
- El clásico de la contratación de seguros
- O, escalamos un poco más, y estamos obligados ser titular de un fondo de inversión o un plan de pensiones individual o un plan de previsión asegurado o social individual, manteniendo un saldo medio elevado.
Condiciones
Las comisiones bancarias son libres. El Banco de España no autoriza ni consiente, no puede denegar, ni limitar, el importe de las comisiones bancarias. Los bancos pueden poner el importe o precio que estimen oportuno, salvo en aquellas operaciones bancarias en las que los importes estén limitados por norma, como sucede con la cancelación o amortización anticipada de un préstamo hipotecario o de un crédito al consumo.
Las comisiones bancarias y los gastos deben responder a servicios efectivamente prestados o gastos habidos. No pueden cobrarte por servicios que no hayas solicitado o aceptado. En todo caso, deberá informarte personalmente y por anticipado del importe que vas a pagar por ese servicio.
Cuando se modifiquen las condiciones que afectan a los contratos, deberán comunicar a los clientes afectados, con una antelación a su aplicación de al menos dos meses en los servicios de pago y un mes en el resto, si la duración del contrato rebasa tal plazo.
Hay comisiones muy controvertidas. Hasta el punto de que se pueden reclamar en los tribunales, y la jurisprudencia se muestra favorable al usuario.
- Por ejemplo, los descubiertos, que además tienen un elevado coste y una estructura muy compleja que combina intereses, comisiones y un fijo por reclamación de descubierto que ha sido declarado abusivo por el Tribunal Supremo.
- Todos estos costes pueden llevar a que un usuario llegue a pagar más de 45 euros de media por tener 300 euros de descubierto durante 15 días, lo que supone un 3.742%, en términos TAE.