CESIÓN DE CRÉDITO: el 76,8% está relacionado con un préstamo hipotecario

» Ya conocemos los resultados de la consulta abierta por el Defensor del Pueblo a los clientes bancarios por la cesión de crédito con un total de 627 respuestas
» Asociaciones como ASUFIN han hecho posible esta consulta que ha permitido recabar la información directamente de los afectados

El objetivo esta consulta era recabar la información directamente de los deudores y así analizar con datos reales el impacto que generó la crisis económica con respecto a la morosidad. En este sentido, la cesión de créditos y préstamo generó una pérdida en los derechos de los deudores; y una falta de información sobre quién es ahora su acreedor.

Por ejemplo, la falta de notificación de la cesión/venta del crédito al deudor le impide el ejercicio del derecho de retracto, en los casos en que procede, cuando no se ha renunciado a ello previamente en los contratos. Esto entraña una imposibilidad de la reestructuración de su deuda por la falta de un interlocutor para poder negociar.

Por ello, el Defensor del Pueblo consideró que podía ser útil formular un cuestionario para recabar información de las personas afectadas por la cesión de sus créditos a otras entidades. La institución, junto a asociaciones como ASUFIN colaboraron activamente con la consulta. Así, el pasado 17 de marzo pudimos conocer los resultados de un total de 627 respuestas.

[divider]CONCLUSIONES[/divider]

-El 63,09% conoce lo que es una cesión de crédito frente al 36,91%.

-El 60,86% dice que su entidad ha cedido su crédito; el 36,79% no lo sabe, mientras que el 2,35% afirma que su crédito no ha sido cedido

-Sobre la renuncia a ser informado de la cesión el 22,47% afirma haber renunciado, mientras que el 77,53% niega haber renunciado. En este sentido, se les preguntó si eran conscientes de haber renunciado a ser informados de la eventualidad de transmisión de su crédito y el 98,14% contestó que no frente al 1,86% que afirmó conocer este hecho.

-Así, una vez se produjo la cesión de crédito, el 15, 34% afirmó ser conocedor frente al 84,66% que niega haber sido informado una vez producida la misma.

-Sobre cuándo han tenido conocimiento de la cesión de crédito, un 7,38% la conoció antes del procedimiento judicial; el 38,82% durante el procedimiento judicial y el 53, 80% declara que no ha habido procedimiento.

-Con respecto a las dificultades para conocer quién es el nuevo acreedor de la deuda, el 76,18% declara haber sufrido dificultades, frente al 23,82%.

-Respecto de la información sobre el derecho a retracto, el 99, 15% afirma no haber sido informados nunca, frente al 0,85% que declara haber recibido dicha información. En este sentido, el 99,55% no ha ejercitado el derecho al retracto frente al 5,45% que sí lo ha ejercitado.

-Así, en relación a estos últimos datos, solo el 5,10% de los encuestados señala que en el registro de la propiedad figura el nuevo titular. El 41,07% declara que aparece la entidad financiera y el 53,83% o desconoce por completo.

-Sobre si ha sido ejecutado el préstamo o crédito el 44,38% contesta que sí, frente al 55,62% que niega esta afirmación. En relación con esto, el 19,72% contesta que quien lo ha ejecutado ha sido el nuevo titular; frente al 80,28% que ha respondido que el ejecutante ha sido su banco o entidad financiera.

-Por último, la ejecución hipotecaria ha conllevado la subasta de la vivienda en un 75,76% de los casos y se ha sobreseído en un 24,24%, aunque se ignoran las causas de estas decisiones.

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El Defensor del Pueblo concluye que se pone en evidencia el bajo nivel de educación financiera y la deficiente información que han recibido los clientes bancarios. Así, más de 800.000 millones de euros se han transmitido por las entidades financieras, en su mayoría hipotecas. Del resultado del cuestionario se deduce que en un gran número de casos se ignora que se ha producido la cesión del crédito y no se facilita información sobre el derecho de retracto que, efectivamente, se ejerce en escasas ocasiones. No existe obligación legal en la transmisión conjunta de créditos de informar a los deudores del cambio de acreedor. La falta de comunicación de la cesión de su crédito al deudor es una práctica común por parte de la entidad financiera y el nuevo titular, lo que le coloca en una situación de indefensión. En consecuencia, los organismos públicos pueden colaborar para minimizar el problema y; a partir de esta consulta se efectuarán las recomendaciones a las administraciones competentes.

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REVISA LOS RESULTADOS DE ESTA CONSULTA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO

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